ACIJ / PROGRAMAS

Argentina ya cuenta con una Ley Nacional de Acceso a la Información Pública

14 de septiembre de 2016.– Hoy la Cámara de Diputados de la Nación dio sanción definitiva a la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública. Con ello se salda una antigua deuda de nuestra democracia al garantizarse, por primera vez en una ley, el derecho de todo ciudadano a acceder a información en manos del Estado.

El proyecto aprobado contiene avances significativos para la vigencia efectiva del derecho a la información pública. Por un lado, reconoce a todo ciudadano el derecho de pedir información y recibir respuesta de cualquiera de los poderes del Estado, del Ministerio Público de la Defensa, Ministerio Público Fiscal, Consejo de la Magistratura y entidades privadas que manejen fondos públicos; todo ello sin necesidad de justificar interés alguno. Por otro lado, la ley prevé la obligación del Estado de implementar políticas de transparencia activa. Ello supone que los organismos alcanzados deberán publicar proactivamente información como la nómina de autoridades, escalas salariales, presupuesto, contrataciones, concursos, declaraciones juradas, etc. y que deberán facilitar el acceso a esa información en formatos digitales y abiertos.

Como contracara, observamos que la disposición de la ley que exceptúa el acceso a información de sociedades anónimas sujetas al régimen de oferta pública (artículo 8, inciso m) deberá ser revisada judicialmente, en tanto resulta inconstitucional y regresiva, en la medida en que la Corte Suprema de Justicia ya se ha expedido al respecto en la causa “Giustiniani, Rubén Héctor c YPF – s/ amparo por mora”.

A partir de ahora, el principal desafío es la implementación efectiva de la ley. Por ello, es importante la creación de mecanismos institucionales y políticas públicas que en la práctica realicen los principios de la nueva norma, fomenten la capacitación y sensibilización de los funcionarios y ciudadanos y garanticen respuestas completas y oportunas a los pedidos de información. También es necesario asegurar una reglamentación adecuada de la ley, en línea con los principios constitucionales y con la jurisprudencia nacional. Particularmente, la reglamentación debería reflejar cabalmente el principio de máxima divulgación y de interpretación restrictiva de las excepciones al acceso la información, especialmente en los supuestos que han sido tradicionalmente mal interpretados para denegar el acceso, como la protección de datos personales. Es preciso también que la designación del titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública -en la órbita del Poder Ejecutivo- resulte de un proceso abierto y participativo en el que se garantice la idoneidad e independencia de su titular, y que los otros poderes creen sin demoras organismos de control y aplicación de la ley autónomos, autárquicos y con procesos de nombramiento de sus titulares similares a los de la AAIP.

Desde ACIJ celebramos la sanción de la ley y hacemos un llamado a las autoridades de todos los poderes del Estado a redoblar esfuerzos para garantizar su efectiva aplicación.