ACIJ / PROGRAMAS

El derecho a la salud en las villas de la ciudad

A raíz del fallecimiento de un vecino de la Villa 31 a comienzos de 2011 luego de que una ambulancia no entrara al barrio alegando cuestiones de seguridad, ACIJ inició una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA).

La acción de amparo contra el GCBA tuvo por objeto la adopción de medidas que garanticen el funcionamiento del sistema de emergencia de la ciudad y de los Centros de Salud y Acción Comunitaria (CESAC), y que aseguren condiciones dignas de atención primaria de su salud (reparación edilicia de los CESACs, adopción de medidas de seguridad en ellos, ampliación de aparatología, entre otros puntos).

Primer acuerdo con el GCBA

En el marco del proceso se logró un primer acuerdo por el cual el GCBA se comprometió a realizar diversas acciones tendientes a lograr el acceso igualitario al servicio de asistencia medica del SAME para las personas que habitan en las villas de la ciudad. En este sentido, algunas de las acciones comprometidas fueron: iluminar los accesos principales, nombrar la totalidad de las arterias de los barrios, y realizar mapas de las villas a fin de facilitar el acceso de las ambulancias al lugar donde sea necesario el servicio. Actualmente se están realizando reuniones en diversas villas en las cuales los vecinos definen los nombres de sus calles. Asimismo se han limpiado los ingresos a los Centros de Salud y se encuentra en proceso de licitación la luminaria pública.

En relación a la infraestructura y condiciones de los CESACs, lamentablemente el Gobierno de la Ciudad no manifestó voluntad de acuerdo, por lo que junto con la AGT y el resto de los actores intervnientes ACIJ solicitó una medida cautelar para que se garanticen los estándares aceptables para la prestación del derecho a la salud.

Medida cautelar por estándares aceptables de prestaciones de salud
El 8 de agosto de 2012 la Dra. Liberatori dispuso una medida cautelar por la cual se ordenó al Ministro de Salud de la Ciudad a informar en el plazo de 10 días sobre las deficiencias materiales y de recursos humanos existentes en los Centros de Salud y Acción Comunitaria (CESACs) que atienden población de villas, como primer paso para su subsanación. Antes del vencimiento del plazo fijado, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) requirió que se le otorgue una prórroga de 5 días, que fue concedida por la magistrada.