PROGRAMAS09.11.23
ACIJ / PROGRAMASNos presentamos ante la Corte IDH para promover que los estándares internacionales sobre derecho al cuidado tengan enfoque de discapacidad
09/11/23
Junto con organizaciones de la sociedad civil de distintos países de América Latina presentamos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contribuciones en el marco del proceso de elaboración de la Opinión Consultiva sobre derecho al cuidado, con el objetivo de que se incorpore la perspectiva de los derechos de las personas con discapacidad a la comprensión de este derecho y a las políticas que los Estados adopten en la materia.
La Corte IDH es un tribunal regional que se ocupa de la interpretación y aplicación de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). Además de resolver los casos que se someten a su consideración, tiene una función consultiva, que consiste en responder las consultas que le formulan los Estados miembros de la OEA sobre la compatibilidad de sus normas internas con la CADH y sobre el alcance de este instrumento. En virtud de esto último, el Estado argentino se presentó solicitando una Opinión Consultiva con el objetivo de que se determine cómo entiende la Corte IDH el derecho al cuidado y qué obligaciones tienen los Estados en relación con él.
Las personas con discapacidad han sido históricamente excluidas de la sociedad, entendidas como dependientes y objetos pasivos de cuidado y como una “carga” para sus familias, en lugar de ser vistas como agentes activos de la sociedad. Así, en la mayoría de los países los servicios de cuidado se basan en modelos médicos y asistencialistas, lo que ha derivado en su desempoderamiento, segregación e institucionalización.
Nuestra presentación enfatiza en la necesidad de dejar atrás el concepto tradicional de “cuidado” para pasar al de “apoyo”, que busca reflejar la asistencia que las personas con discapacidad pueden requerir para realizar actividades de la vida diaria y participar en la comunidad, con énfasis en la autonomía personal, en la vida independiente y en la inclusión plena. Además, destacamos la necesidad de que los Estados reconozcan el derecho de las personas con discapacidad a ser cuidadoras y de que pongan fin a prácticas de violencia como la anticoncepción y la esterilización forzada y la privación de la responsabilidad parental por motivos de discapacidad.
Esta Opinión Consultiva representa una ventana de oportunidad para definir el derecho al cuidado como una relación en la que se hace necesario garantizar los derechos de las personas que lo ejercen y las que lo reciben desde una perspectiva que fomente la autonomía y el control sobre la propia vida.
Desde ACIJ, ALCE, la Asociación Azul, el Center for Inclusive Policy, la Colectiva Nuestros Derechos en Foco, Disability Rights Advocacy Fund, Documenta, Luchando contra Viento y Marea y SODIS, esperamos que la interpretación que haga la Corte IDH sobre el derecho al cuidado incorpore una perspectiva interseccional de género y discapacidad que integre el reconocimiento al derecho a los apoyos para vivir en comunidad y ejercer labores de cuidado, lo que constituiría un paso fundamental en la reversión de la situación de desigualdad estructural en la que se encuentra el colectivo.