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Junto a organizaciones de la región, nos presentamos ante la Corte IDH para demandar la creación de un modelo de salud mental comunitaria

La desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbó en Ecuador puso en evidencia las falencias del encierro manicomial y la necesidad de transformarlo para garantizar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial.

El caso de “Guachalá Chimbó y otros contra Ecuador” se inició a raíz de la desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbó en el mes de enero de 2004, mientras se encontraba internado en el Hospital Psiquiátrico Julio Endara de la ciudad de Quito. A pesar de los recursos interpuestos a nivel interno, no se logró determinar el paradero de Luis Eduardo y tampoco se esclareció lo sucedido, lo que determinó que la Clínica de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos llevaran el caso al sistema regional de promoción y protección de derechos humanos y llegara finalmente a la Corte Interamericana (Corte IDH).

El pasado diciembre, junto al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), el Harvard Law School Project on Disability (HPOD), el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) y Justiçia Global nos presentamos como amicus curiae  solicitando a la Corte IDH que ordenara las reparaciones estructurales para asegurar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial a través de la implementación de un modelo de atención de salud mental comunitaria en Ecuador. La secretaría de la Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Red-DESC) coordinó la presentación de dicho escrito.

La atención a la salud mental en Ecuador, al igual que en otros países de la región, sigue estando fuertemente basada en el encierro y aislamiento de las personas en instituciones psiquiátricas, lo que viola el derecho a la igualdad, a la salud, a la autonomía, a la vida, a la integridad personal y a vivir de modo independiente y en la comunidad. El caso de Luis Eduardo Guachalá Chimbó, cuyos derechos fueron violados en un hospital psiquiátrico, ilustra -una vez más- el fracaso de la institucionalización por motivos de salud mental. Como argumentan las organizaciones amici, la atención de la salud mental en hospitales psiquiátricos segrega y discrimina a las personas con discapacidad psicosocial, y conduce a prácticas de tortura y a otros tratos crueles, inhumanos y degradantes. Tampoco cumple con el elevado deber de cuidado que tienen los Estados en materia de salud mental.

Ante las violaciones en el caso y los incumplimientos legislativos y políticos de Ecuador en relación con el deber de adoptar disposiciones de derecho interno y garantías de los derechos económicos, sociales y culturales hasta el máximo de recursos disponibles, el amicus insta a la Corte a declarar la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano y a ordenar medidas de no repetición estructurales y efectivas para garantizar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial y evitar que casos como el de Luis Eduardo Guachalá Chimbó se reiteren en el futuro.