PROGRAMAS26.10.23
ACIJ / PROGRAMAS¿Qué beneficios fiscales revisará el Congreso? ¿Por qué es importante discutir estos privilegios?
26/10/23
Ayer se reunió la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados/as a discutir la separata de gastos tributarios. Conformaron la mesa el secretario de Hacienda, Raúl Rigo, la subsecretaria de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, Claudia Balestrini, y los diputados del oficialismo, Carlos Heller, Sergio Palazzo y Marcelo Casaretto.
Por segundo año consecutivo, el Ministerio de Economía envió al Congreso de la Nación –junto con el proyecto de ley de presupuesto para el año próximo– una separata sugiriendo revisar beneficios impositivos que tienen “un impacto negativo significativo en la sostenibilidad de las cuentas públicas.” De revisarse como sugiere el Ejecutivo, el presupuesto del año que viene podría tener un superávit del 1% del PIB.
Los gastos tributarios son recursos que el Estado deja de recaudar porque exime del pago de impuestos a ciertos contribuyentes para favorecer determinadas actividades, zonas, sujetos y/o consumos. Pueden instrumentarse a través de exenciones, créditos o certificados fiscales, deducciones, moratorias, condonaciones. Se los denomina gastos tributarios o indirectos porque son económicamente equivalentes a dar apoyos por medio de una partida del gasto público directo.
El total de los gastos tributarios sumados a otros beneficios impositivos equivalen al 25,6% de la recaudación de impuestos y representan un 4.7% del PIB, es decir, el equivalente al presupuesto del Poder Judicial, del Poder Legislativo y de 15 Ministerios de Salud. Todo eso junto.
A pesar de que operan como si fuesen gastos directos, su tratamiento es mucho más opaco. La ciudadanía no cuenta con información sobre la pérdida efectiva de recursos que implican. Sólo hay estimaciones sobre sus costos económicos y en muchos casos ni siquiera eso (por ejemplo, la exención a las ganancias provenientes de la compraventa de acciones y títulos valores que cotizan en bolsas, figuran “sin dato”). No suelen tener plazos de caducidad. No se evalúan sus impactos económicos reales ni sus efectos socio-ambientales. Los datos de sus beneficiarios/as están protegidos por el secreto fiscal y no existe regulación general que establezca procedimientos claros para su aprobación e implementación.
En la reunión del día de ayer en el Congreso, las autoridades del Ministerio de Economía destacaron estas asimetrías con las partidas presupuestarias. Resaltaron que –al contrario de lo que sucede con los gastos directos, que son revisados línea por línea todos los años– los beneficios impositivos siguen incólumes hace muchos años sin revisiones sobre la vigencia de las razones que los motivaron y sin evaluaciones sobre su efectividad. Enfatizaron en la necesidad de que todos los gastos tributarios tengan fundamento en una política pública sujeta a revisiones periódicas, con plazos de duración preestablecidos y pautas claras para evaluarlos.
Si bien algunos gastos tributarios se orientan a lograr una mayor equidad, como por ejemplo las devoluciones de IVA en el consumo de alimentos de la canasta básica para sectores de bajos ingresos, en otros casos son injustificables desde una perspectiva de equidad y es por eso que se convierten en privilegios. La propuesta del Ministerio de Economía sugiere la revisión de algunos de esos privilegios. Por ejemplo:
- Las exenciones en el impuesto a los bienes personales de los inmuebles rurales y de los depósitos en entidades financieras.
- La exención de ganancias a magistrados/as y funcionarios/as de los Poderes Judiciales y la alícuota reducida que actualmente tienen los American Depositary Receipt (un instrumento financiero que permite que certificados de depósito de acciones se negocien en la bolsa norteamericana).
- La exención de IVA a Honorarios de Directorios de Empresas.
El Ministerio de Economía también sugiere revisar algunos regímenes de promoción como el de Tierra del Fuego, por tratarse de una política de más de cuatro décadas que requiere una revisión de los sectores industriales alcanzados y de sus criterios de implementación. Sin embargo, no dice nada sobre otros regímenes sobre los que hay probada evidencia de sus déficits e inequidades, como el de promoción de la minería o el de economía del conocimiento.
Muchos de los beneficios fiscales vigentes se aprobaron en el Congreso respondiendo a la presión de determinados grupos de poder, sin participación ciudadana ni consideración de todas las variables necesarias para justificarlos y que luego se quedaron para siempre en forma de privilegios. Este marco de opacidad en el que se aprueban e implementan los gastos tributarios genera un sistema proclive a la evasión y a la corrupción, y tiene un impacto negativo en la igualdad al beneficiar mayoritariamente a sectores con altas rentas.
Lamentablemente, la casi nula justificación y evidencia de la necesidad de este tipo de políticas es común en Argentina y en el resto del mundo, generalmente con el objetivo de generar inversiones o desarrollo. Sin embargo, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) comprobó que muchos de estos beneficios son la onceava razón entre doce mencionadas por las empresas para definir sus inversiones y que, en la mayoría de los casos, la inversión hubiera tenido lugar igualmente sin ellos.
Es clave que el presupuesto público se analice y discuta como lo que verdaderamente debe ser: una herramienta para transformar y mejorar la realidad y para definir en qué condiciones se renuncia a recursos que podrían orientarse a los derechos. Para eso, el Congreso debe discutir seriamente qué gastos tributarios son justificados y cuáles deberían eliminarse y establecer una regulación con procedimientos claros y rigurosos para la creación, ejecución y control de los gastos tributarios que se aprueben a partir de ahora.
Desde el Espacio de Trabajo Fiscal para la Equidad (ETFE) y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) presentamos a las y los legisladores una serie de propuestas de reformas normativas que buscan hacer más justos y transparentes los beneficios impositivos. Entre las propuestas se encuentran:
- Incorporar un nuevo artículo a la Ley de Procedimiento Tributario N° 11.683 que regula buenas prácticas en materia de transparencia, rendición de cuentas, equidad y eficiencia de los gastos tributarios.
- Armonizar el secreto fiscal con el derecho de acceso a la información pública. De esta forma se regularía el carácter público de la información sobre beneficiarios de regímenes promocionales y se aplicaría el mismo estándar a los datos de todas las transferencias de recursos, directas e indirectas.
- Establecer la obligación de las empresas beneficiarias de regímenes promocionales de informar sus accionistas y beneficiarios finales, así como la presentación pública de balances o de informes país por país cuando corresponda.
- Eliminar las exenciones del impuesto a las ganancias que se aplican a magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial de la Nación, las provincias y el Ministerio Público de la Nación nombrados antes de 2017.