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La lucha contra la corrupción y el lavado (La Nación)


En efecto, como en otros campos, la creciente globalización ha generado una tendencia a que se produzca una mayor interacción entre los Estados. Entre otros hitos supranacionales de las últimas décadas, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha sancionado la Convención para combatir el cohecho de servidores extranjeros en transacciones comerciales internacionales y se ha creado el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), un organismo intergubernamental para promover medidas que combatan el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.



A nivel de legislaciones locales, Estados Unidos introdujo la posibilidad de tramitar procesos internos en los cuales se investigue la responsabilidad civil de cualquier ciudadano de ese país o de cualquier compañía que cotice en sus bolsas de comercio por sobornos que pudieran haber cometido en otros lugares del mundo. En los últimos años, se han aplicado allí fuertes multas contra diversas empresas por hechos de corrupción cometidos en el extranjero. A su vez, el Reino Unido ha sancionado en 2010, luego de décadas de deliberaciones, una ley que criminaliza en ese territorio cualquier hecho de corrupción que haya cometido en otros países un ciudadano o residente británico o cualquier empresa registrada en el país. La norma, que está por entrar en vigor, es una de las leyes anticorrupción más estrictas que existen en el mundo.



A su vez, se están produciendo precedentes judiciales muy relevantes en otros lugares. El año pasado, la Corte de Casación francesa decidió aceptar la apertura de un proceso penal iniciado por una denuncia de una ONG en ese país contra dos ex presidentes africanos (Denis Sassou Nguesso, de Congo, y Téodoro Obiang Mbasogo, de Guinea Ecuatorial) para determinar si la compra de numerosos inmuebles que realizaron se efectuó con dinero legítimo. En nuestra región, también en 2010, Costa Rica ha realizado un acuerdo con la empresa francesa de telecomunicaciones Alcatel para que ésta pague al Estado la suma de diez millones de dólares como indemnización por el daño social causado por un caso de corrupción en la adjudicación de un contrato de telefonía móvil.



Por otra parte, la última crisis financiera internacional tuvo como consecuencia algunos cambios sobre los paraísos fiscales y algunos países han debido abrir sus secretos bancarios. En esa línea se está produciendo un aumento en la cantidad de procesos en los que se dispone el congelamiento de cuentas cuando el origen del dinero depositado allí resulta sospechoso.



Afortunadamente, estos cambios transnacionales están teniendo algún impacto positivo en nuestro país. Como se sabe, el Poder Ejecutivo ha promovido que el Congreso sancione la nueva ley de lavado de activos sólo para que el GAFI no incluya a la Argentina dentro de una lista de países no cooperantes. A su vez, el Gobierno ha decidido enviar un proyecto con algunas incorporaciones en materia anticorrupción (la más relevante, la responsabilidad de las personas jurídicas de las empresas, algo que existe en la mayoría de los países) para no sufrir sanciones en la OCDE.



Por otra parte, las investigaciones que progresivamente avanzan en otras jurisdicciones dejan al descubierto las inacciones de los jueces argentinos y pueden resultar en evidencias concretas contundentes que nutran los procesos penales domésticos.



En definitiva, se trata de un proceso al cual debe prestarse debida atención, a fin de examinar las posibilidades que brinda para los actores genuinamente involucrados en la lucha contra la corrupción. Lamentablemente, los hechos demuestran que no podemos esperar que el cambio se produzca internamente. Entonces, hemos de recurrir a las posibilidades que brinda el creciente litigio transnacional. Quizá sólo de esa forma pueda reducirse la impunidad imperante.



Por Ezequiel Nino



La Nación