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La independencia de las instituciones del Ministerio Público necesita liderazgos que surjan de acuerdos amplios y no de mayorías circunstanciales

El Senado de la Nación dará media sanción a una reforma de las leyes 27148 y 27149 que modifica, entre otras cosas, la duración del mandato y las mayorías necesarias para elegir a las máximas autoridades del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa. La propuesta y los términos en los que se debate afectan la independencia de estos órganos fundamentales del sistema de justicia y van en sentido contrario a la posibilidad de una deliberación pública participativa e integral para una reforma judicial efectiva. Desde ACIJ analizamos los principales puntos del proyecto.

Foto. Télam.

El 20 de noviembre pasado, la Comisión de Justicia y Asuntos Penales dio dictamen a un proyecto de reforma de las leyes que regulan la forma de selección, remoción y el funcionamiento de ambos organismos del Ministerio Público, institución incorporada por nuestra Constitución en su artículo 120, el que establece su independencia, con autarquía funcional y financiera.

Algunos aspectos de esta reforma ya fueron impulsados durante 2017, momento en el que un conjunto de organizaciones de la sociedad civil publicamos el documento “Ministerio Público Fiscal: un nuevo intento de reforma que vulnera su autonomía e independencia”, afirmando en particular los efectos negativos en términos institucionales de la reducción de las mayorías para la designación de la autoridad del MPF y una reducción del mandato que, aunque necesaria, planteaba períodos insuficientes y posibilidades de reelección. De forma similar, este proyecto de reforma recoge algunas de dichas propuestas, que atentan directamente contra la independencia efectiva, en este caso, de ambos organismos.

Uno de los principales problemas del proyecto en cuestión es la reducción de las mayorías necesarias para designar a sus máximas autoridades, que actualmente está prevista mediante el voto afirmativo de las dos terceras partes de la totalidad de integrantes del Senado. El proyecto establece que la mayoría absoluta del Senado sería suficiente para la designación de la o el Procurador General y de la o el Defensor General. Por los roles y facultades que ejercen estas autoridades -de absoluta relevancia para el adecuado funcionamiento del sistema de justicia y la protección de derechos- es necesario que sean ocupadas por personas que cumplan requisitos básicos como una probada idoneidad técnica, compromiso con los derechos e independencia -de los poderes políticos y otros factores de interés-. La reducción de mayorías reduce los incentivos para que ello ocurra y elimina el horizonte de acuerdos multipartidarios que aseguren autoridades en el Ministerio Público que ejerzan sus funciones sin interferencias.

De forma complementaria, si bien consideramos adecuado que se modifique el carácter vitalicio del mandato de las autoridades de los órganos que integran el Ministerio Público, la reducción de dicho mandato a un período tan breve como el de cinco años atenta contra las posibilidades de que tanto el Ministerio Público Fiscal como el de la Defensa lleven a cabo políticas criminales y de defensa de largo plazo. A su vez, la posibilidad de renovar el mandato por un nuevo período puede afectar la efectiva independencia de quien tiene que conseguir una revalidación de su gestión por parte de determinados sectores políticos del Senado. Esto resulta particularmente grave en el caso del Ministerio Público Fiscal, que tiene a su cargo el eventual impulso de causas de sumo interés público. En razón de ello, y en función de la experiencia comparada, consideramos pertinente que una reforma de este tipo establezca un mandato no renovable de entre 6 y 8 años.

Otro de los puntos problemáticos del proyecto es la modificación de las vías de remoción de las autoridades máximas del Ministerio Público. Si bien mantiene los ⅔ del Senado para la aprobación de su efectiva destitución, se reducen las mayorías en la Cámara de Diputados para habilitar el juicio político y su suspensión durante el proceso, que pasaría a requerir únicamente de mayoría absoluta. A su vez, se modifica la integración del Tribunal de Enjuiciamiento de ambos organismos para fiscales, defensores y defensoras, de modo tal que aumenta los desequilibrios en la representación de los estamentos en favor de los poderes políticos. Si bien incorpora la representación hasta el momento ausente de las minorías del Congreso, disminuye la representación de la matrícula de profesionales del derecho y de otras autoridades del MPF o MPD, según el caso.

Un aspecto a destacar positivamente es que el proyecto restablece -habían sido derogados mediante el DNU 257/15- y eleva de forma de equipararlos, los pisos presupuestarios de ambos organismos en un 0,95% de los recursos tributarios y no tributarios de la administración central, con un sistema automático para su efectiva disponibilidad. De esta forma se aseguran mejores niveles de autarquía financiera de estos organismos, que actualmente se encuentran sujetos a la plena discrecionalidad del Poder Ejecutivo en el diseño del proyecto de ley de presupuesto y del Congreso de la Nación en su aprobación.

Resulta llamativo, por otra parte, que la discusión de esta propuesta parece desconocer el proceso iniciado por el Poder Ejecutivo de la Nación al momento de establecer la conformación del Consejo Consultivo para el fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público, cuyo trabajo -que acaba de finalizar, aunque se conoce sólo una parte de sus resultados- debería dar lugar a una discusión amplia tendiente a una reforma de carácter integral. La aprobación en forma aislada por parte del Congreso de cambios relevantes sobre el sistema de justicia -en forma similar a lo que recientemente se realizó al darse media sanción al proyecto de reorganización de una parte del Fuero Federal- dificultan un análisis articulado del conjunto de reformas necesarias, así como pueden dar lugar a decisiones contradictorias en cuanto a los objetivos que se proponen.

El sistema de justicia de nuestro país presenta problemas que no son una novedad y cuya raigambre histórica e institucional se remonta a antecedentes que exceden en mucho discusiones coyunturales. La única forma en la que será posible transformarlo es llevando a cabo un proceso en el que participe toda la ciudadanía, que dote de legitimidad los cambios necesarios y permita derribar los obstáculos existentes. Es necesaria una reforma íntegra del sistema de justicia que no apunte a resolver necesidades políticas coyunturales de ningún sector, sino a sentar las bases para que nuestro país cuente con instituciones con capacidad efectiva para la protección de los derechos. El fortalecimiento de nuestra democracia será posible con la inclusión de todas las voces y abordando la totalidad de los desafíos pendientes.