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Cuando la igualdad también va a la plaza (Página 12)


 



La Justicia ordenó al gobierno porteño acondicionar las plazas y los espacios verdes de villas y asentamientos con los mismos criterios que aplica habitualmente a barrios como Caballito, Almagro y Palermo. La resolución responde a un pedido de amparo que, desde 2006, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) tramita a pedido de vecinas y vecinos de villas y asentamientos de la Ciudad de Buenos Aires. “El derecho al goce de un ambiente sano, y al disfrute de espacios verdes y/o plazas en igualdad de condiciones con los habitantes de las zonas urbanizadas de la Ciudad integra el derecho a la vida digna”, señaló el juez porteño Roberto Gallardo. El fallo, que da un plazo de 30 días para que el gobierno de la Ciudad presente la planificación, advierte que no acondicionar esos espacios, además de demostrar “la ausencia estatal”, constituye “una conducta omisiva discriminatoria”. Mañana vence el plazo para apelar la resolución.



A pesar de la informalidad con que nacieron, señaló el magistrado, villas y asentamientos tienen “lugares comunes, generados, cuidados y respetados por sus habitantes” y cuya diferencia, en relación con los de “barrios de zonas urbanizadas, se materializa en la carencia de luminarias, árboles, césped y juegos”.



La causa comenzó en 2006, “a demanda de los vecinos de las villas”, que reclamaban “igual acceso a espacios verdes que el resto de la Ciudad”, explicó a este diario la abogada Luciana Bercovich, del programa de Villas de ACIJ. Tras “identificar esa demanda colectiva”, la ONG constató que “los programas específicos de (la Dirección General de) Espacios Verdes (del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) excluyen a villas y asentamientos” de sus planificaciones y actividades. “Tienen cuidados diferenciados con relación a los demás barrios e inclusive hay, dentro de la estructura gubernamental, organismos específicos para las villas”. Lo mismo sucede “con arbolado y colocación de juegos”.



La resolución da cuenta de que, una vez comenzado el trámite del amparo que reclamaba por una “práctica discriminatoria y de exclusión”, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires negó tener responsabilidad al respecto. En primer lugar, el Estado porteño argumentó que no podía planificar esos espacios verdes porque las villas se encuentran sobre tierras del Estado nacional. En segundo lugar, dijo que no podía intervenir porque esas zonas no figuraban en el nomenclador de Espacios Verdes.



El juez Gallardo, sin embargo, objetó que no considerar a villas y asentamientos como territorios de la ciudad transgrede “las leyes de urbanización” porteñas. Por señalar un ejemplo, el magistrado recogió el caso de la Villa 31-31 bis, que “constituye territorial y electoralmente un distrito de la Ciudad de Buenos Aires, integrando el esquema de comunas”. De allí colige que los parámetros para decidir qué zona puede o no ser atendida por planes de plazas y espacios verdes de la Ciudad “responden a decisiones políticas adoptadas por el gobierno” porteño.



Sin embargo, con una leve diferencia de enfoque, la fiscalía apoyó el reclamo: esos barrios sin plazas, señaló, “deben las precarias condiciones ambientales en las que se encuentran al incumplimiento de normas específicas de urbanización”, algo que, de continuar, “se torna en conducta discriminatoria”.



La falta de atención a los espacios verdes en estos casos no se debe exclusivamente a la desatención de la zona, sino a la falta de intervención clara, constante y planificada del Estado en lo que a provisión de servicios públicos se refiere. “El mantenimiento de espacios verdes en los barrios conocidos como villas se encuentra (…) incluido como parte de proyectos de urbanización”, sostuvo la fiscal, quien pidió que se incluyera a “los barrios Villa 31 bis, Villa 6, Villa 26, Villa Italia, Villa Rodrigo Bueno, Ramón Carrillo, el Pueblito, Vélez Sársfield, Luján, Magaldi, Nueva Esperanza, estación Hipólito Yrigoyen, Los Arcos de Barracas, Estación Buenos Aires, Los Pinos, Ex Morixe, La Fábrica, Barrio Obrero y NHT (Núcleo Habitacional Transitorio) Avenida del Trabajo en los planes de urbanización”, con participación en las decisiones de los vecinos de cada lugar.



En la causa quedó acreditada “la inexistencia de espacios verdes suficientes” y similares a los de zonas urbanizadas, al igual que “la falta de planificación” de la Ciudad “para subsanar tal cuestión. Sin embargo, disponer de “un ambiente sano” y espacios verdes para esparcimiento “en igualdad de condiciones con los habitantes de las zonas urbanizadas de la Ciudad integran el derecho a la vida digna”.



La abogada Bercovich explicó a este diario que “la demanda de espacios verdes era fuerte” por parte de quienes viven en villas y asentamientos. “Las plazas de estos barrios son el espacio más cercano para que jueguen los chicos. Hay mucha vida social dentro del barrio y hay pocos espacios. Son tantas las necesidades comunes que los habitantes necesitan espacios para compartir”. Además, los pocos espacios comunes de que disponen estos barrios no siempre urbanizados por el Estado porteño “se fueron degradando”. “Al no formar parte de programas oficiales, no reciben atención sistemática ni integral. Discrecionalmente, cuando se quiere, se hace. Pero no siempre hay luminarias, juegos infantiles, arbolado, como en la plaza de cualquier barrio”.



En las 24 horas que median entre hoy y mañana, se sabrá qué decisión tomará el gobierno de la Ciudad ante la resolución de Gallardo. En ACIJ, explicó Bercovich, no hay certezas sobre lo que pueda pasar. “Esperamos que no apele y que se reconozca la desigualdad que hay en el acceso a los espacios verdes. ¿Por qué un chico de Palermo puede tener un carrousel en la plaza de la otra cuadra de su casa y un chico de una villa no? Eso es desigualdad estructural ya desde la infancia. Es no tener acceso a la recreación, algo fundamental, algo que es un derecho.”



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