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Coronavirus: información legal sobre servicios públicos en barrios populares

SERVICIOS PÚBLICOS EN BARRIOS POPULARES

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¿Qué derechos tengo en relación con los servicios básicos de agua, luz y gas?

El agua, la luz y el gas son servicios básicos y son parte del derecho a la vivienda digna reconocido en la Constitución, por lo tanto tenés derecho a contar con su prestación. 

¿Qué pasa si no puedo pagar los servicios?

Las/os beneficiarias/os del Decreto 311/20 (ver siguiente punto) pueden adeudar el pago de un máximo de 3 cuotas (consecutivas o alternas) de los servicios de agua, luz, gas, telefonía, internet y cable, entre los meses de marzo y septiembre , sin que les corten el servicio.

Las empresas eléctricas tampoco pueden cortar el servicio hasta fines de septiembre a quienes tengan servicio eléctrico prepago, aunque no hagan recargas (los pagos adeudados se reprogramarán después de ese período).

Además, durante ese período se congela el precio del gas en garrafa, gas liquido y a granel.

¿Cómo sé si estoy alcanzada/o por este beneficio?

Podés acceder si estás dentro de alguno de los siguientes supuestos:

a. Si cobras Asignación Universal por Hijo (AUH) y/o la Asignación por Embarazo.

b. Si cobras Pensiones no Contributivas y percibís ingresos mensuales brutos que no superan DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

c. Si estas inscripto/a en el Régimen de Monotributo Social.

d. Si sos jubilada/o; pensionada/o; o trabajador/a en relación de dependencia y cobras hasta DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (es decir, no más de $33.750).

e. Si sos monotributista inscripta/o en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

f. Si cobras un seguro de desempleo.

g. Si sos beneficiario de la Ley N° 27.351, de electrodependientes.

h. Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

i. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

¿Cómo y ante quién puedo reclamar si las empresas no cumplen y me cortan el servicio o amenazan con cortarlo?

Comunicate con la empresa prestadora del servicio, que debe ofrecerte un plan de pago con facilidades según tu caso. Cada vez que llames es muy importante que preguntes y tomes nota del número de reclamo o de incidencia y el nombre y apellido de quién te atiende. 

Si la empresa no cumple tenés las siguientes opciones: 

Denunciar, en todo el país, ante los Ente Reguladores:

También podés comunicar tu reclamo a la Defensoría del Pueblo de tu jurisdicción. En la Provincia de Buenos Aires llamando al 0800-222-5262, y en CABA al 0800-999-3722.

Si vivís en alguna de las villas de la Ciudad podés reportar y dar visibilidad a cualquier inconveniente que estés teniendo en covid19.caminosdelavilla.org


Estamos relevando problemas que niñas, niños y adolescentes tengan como consecuencia de las medidas de aislamiento social con el objetivo de identificar dificultades que se repiten, hacerlas públicas y solicitar al gobierno que implemente soluciones.  

Si querés colaborar con nosotras/os podés contarnos tu caso completando este formulario.