Prensa20.10.23
ACIJ / PrensaBeneficios a empresas gasíferas: otra de las contradicciones de nuestro sistema fiscal
20/10/23
Al tiempo que Economía propuso en el congreso revisar beneficios y exenciones impositivas que favorecen a grandes firmas y corporaciones, obtuvo media sanción un régimen de promoción del Gas Natural Licuado (GNL), que se suma a un extenso listado de beneficios tributarios que hoy representan un 4,7% del PBI.
Por Natalia Segura Diez
Los gastos tributarios son tratos fiscales diferenciados que benefician determinadas actividades, zonas, sujetos y/o consumos. Fueron y son utilizados con el objetivo de atraer inversiones, pero se desconocen sus impactos económicos, sociales y ambientales. Muchos de estos beneficios, como los que promueven la industria minera o el régimen de Tierra del Fuego, se aprobaron respondiendo a coyunturas específicas y/o a la presión de determinados grupos de poder, sin participación ciudadana ni justificaciones adecuadas.
Este es el caso del Proyecto de Promoción del GNL que tuvo un tratamiento exprés en la Cámara de Diputados/as y fue cuestionado por la falta de diálogo. De hecho, de las sesiones informativas sólo participaron autoridades del Ejecutivo y de YPF (esta última con una extensa participación en la elaboración del proyecto) y, apenas transcurridos tres meses de iniciado el tratamiento, se convocó a una última sesión para dictaminar, sin que haya habido ninguna instancia en la que se escuche a las comunidades de las zonas afectadas, organizaciones ambientalistas u otros actores interesados.
La falta de debates genuinamente participativos y plurales es moneda corriente en la definición de este tipo de regímenes. Este proyecto en particular se da en un contexto en el que Vaca Muerta ha sido señalada como una “salvación” ante la falta de dólares y de gas, y en el que –sin importar de qué gobierno se trate– se apuesta a incentivar la llegada de capitales para la explotación de hidrocarburos.
El proyecto que tuvo media sanción la semana pasada da beneficios a empresas que realicen inversiones destinadas a la licuefacción de gas natural y actividades asociadas. Entre otros beneficios establece la amortización acelerada del impuesto a las ganancias, la compensación de quebrantos, la estabilidad fiscal por 30 años y el acceso al libre mercado de cambios de hasta el 50% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto.
En el debate parlamentario se argumentó que la estabilidad fiscal es necesaria para compensar la inestabilidad económica del país, dar previsibilidad al desarrollo de la actividad y equilibrar la balanza del intercambio comercial. A su vez, el mensaje que acompaña el proyecto indica que éste “permitirá la generación de trabajo genuino”. Sin embargo, estas previsiones no cuentan con parámetros ni mecanismos para verificar su cumplimiento, ni con líneas de base para evaluar sus impactos ambientales y a la salud de las personas que habitan en los territorios donde operan las empresas. Tampoco se solicitó un informe sobre el impacto fiscal del proyecto a la Oficina de Presupuesto del Congreso.
En el debate en el recinto sólo se introdujeron exiguas modificaciones relativas al cumplimiento de obligaciones ambientales y a la aprobación de permisos ambientales pero poco se dijo sobre interrogantes fundamentales, como por ejemplo: ¿cómo se medirá el desarrollo productivo y económico?, ¿qué herramientas institucionales existen para asegurar que el régimen sea efectivo?, ¿cómo se van a medir los costos fiscales y extrafiscales?, ¿hay instancias de monitoreo y rendición de cuentas?.
Organismos de derechos humanos advirtieron acerca de los impactos negativos de la industria hidrocarburífera sobre los derechos de las comunidades y llamaron a transparentar esta información. También señalaron las consecuencias negativas de los beneficios tributarios injustificados a este sector, dado que aumentan la regresividad de los sistemas fiscales y limitan la capacidad de los Estados para recaudar los recursos necesarios para financiar la transición energética. De hecho, aspectos como la estabilidad fiscal por 30 años y el desarrollo de infraestructura hidrocarburífera podrían limitar la sustitución de energías fósiles y el desarrollo de una matriz energética compatible con la neutralidad de emisiones, en detrimento de los compromisos asumidos por Argentina en el Acuerdo de París.
En un contexto en el que las discusiones públicas se centran en la austeridad y la reducción del déficit fiscal, al mismo tiempo que se exacerban opiniones que desconocen el rol que el Estado debería tener para garantizar los derechos, es clave que la política fiscal se discuta como lo que verdaderamente debe ser: una herramienta para transformar y mejorar la realidad y para definir en qué condiciones se renuncia a recursos que podrían orientarse a los derechos.
Es necesario condicionar los gastos tributarios al logro de objetivos comprobables y limitarlos en el tiempo. Si bien el proyecto del GNL establece que la Autoridad de Aplicación tendrá facultades para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios/as del régimen, no prevé una evaluación sujeta a resultados que constituya un verdadero monitoreo constante y justifique los fondos dejados de recaudar. Este caso es un ejemplo paradigmático de las contradicciones e inequidades de nuestro sistema fiscal y refleja claramente los déficits democráticos con que se aprueban y sostienen los gastos tributarios. Sin embargo, sigue su trámite sin que la sociedad cuente con información precisa y confiable sobre sus impactos.
La preocupación por los costos fiscales y socioambientales de los beneficios fiscales y el derecho de las comunidades interesadas –y de la ciudadanía en general– a ser partícipes en la construcción del modelo de desarrollo de sus territorios, constituyen aspectos centrales que deben tener su lugar en el debate legislativo.
La autora es abogada y consultora del programa Justicia Fiscal de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).
ElDiarioAr | Accedé a la nota