PROGRAMAS08.04.26
ACIJ / PROGRAMASSolicitamos al Senado que rechace el nombramiento de Carlos Mahiques como juez de la Cámara Federal de Casación Penal
08/04/26
Desde ACIJ e INECIP impugnamos el pliego presentado por el Poder Ejecutivo para que continúe como vocal ante el referido tribunal. Carlos Mahiques llegó a la Cámara Federal de Casación Penal luego de un traslado irregular efectuado en 2018. Si el Senado lo aprueba, estaría perpetuando una situación que avasalla nuestra Constitución y desconoce la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema.
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En 2013, Carlos Mahiques fue designado juez de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, tras haber sido ternado por el Consejo de la Magistratura y posteriormente propuesto por el Poder Ejecutivo. Dicha decisión fue luego aprobada por el Senado conforme lo exige el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional. Sin embargo, 4 años después —y con la sola solicitud del magistrado y la conformidad del Consejo— el entonces Presidente dispuso su traslado a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia jurisdiccional en materia penal federal antes de la Corte Suprema. En 2018, ese traslado fue avalado por el Senado de la Nación.
Así transcurrieron 9 años. Pero ahora Mahiques está próximo a cumplir 75 años de edad, por lo que —de acuerdo a lo previsto en nuestra Carta Magna— requiere que el Poder Ejecutivo renueve su “nombramiento”. No obstante, lo cierto es que técnicamente nunca fue designado para el cargo que actualmente ocupa en la justicia federal. Esto, por una razón simple: no cumplió las etapas del proceso constitucional para acceder a la judicatura, que exige atravesar un concurso ante el Consejo de la Magistratura, ser seleccionado por el Poder Ejecutivo y obtener un acuerdo del Senado. Las había cumplido para su primer cargo en el fuero ordinario de la Capital Federal, pero no para el federal.
Los traslados son una forma irregular de selección de jueces y juezas que no está contemplada en la Constitución ni en ninguna ley del Congreso de la Nación. Por sus características, suponen un riesgo para la independencia judicial, la idoneidad y para garantías como la de juez natural, al permitir al Poder Ejecutivo la designación de magistrados en cargos para los cuales no concursaron, así como el movimiento de jueces entre tribunales según los casos que tenga cada uno.
Aún más, debe tenerse en cuenta que Mahiques concursó para ser designado juez nacional, mientras que el traslado se efectuó para un cargo en la justicia federal. Ambos órdenes jurisdiccionales son bien distintos: la justicia nacional tiene competencia ordinaria en materia penal, abordando cierto tipo de situaciones; mientras que la federal es una jurisdicción de excepción e interviene solamente cuando hay intereses federales involucrados, resolviendo una gama de causas bien distintas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente “Bertuzzi”, no dejó lugar a dudas. Sostuvo con toda claridad que los traslados son actos provisorios que en modo alguno pueden equipararse a los nombramientos. En efecto, argumentó que los primeros “no cumplen con los recaudos constitucionales para la designación de magistrados y por ello socavan el pilar fundamental de la independencia judicial y los derechos de los justiciables”.
Si Carlos Mahiques no fue nombrado, sino que apenas fue trasladado provisoriamente, no se comprende cómo podría renovarse su nombramiento. El hecho de que hayan transcurrido 9 años no altera esta conclusión. Resulta evidente que el transcurso del tiempo nunca puede convalidar una actuación estatal contraria al espíritu constitucional. La única forma en la que Carlos Mahiques podría continuar en la Cámara Federal de Casación Penal sería presentándose al concurso que el Consejo de la Magistratura inicie para cubrir la vacante y quedando ternado, para que luego continúe el procedimiento ante los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Por eso, desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) solicitamos al Senado que rechace su designación en la jurisdicción federal. Solo así se evitará la consolidación de una situación inconstitucional que pone en jaque la independencia judicial, esencial para la preservación del Estado de derecho.
Accedé a nuestra presentación acá.