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La Justicia declaró la inconstitucionalidad de la política alimentaria del Gobierno de la Ciudad

El juez Dr. Guillermo Scheibler declaró el 28 de marzo la inconstitucionalidad de los montos de los subsidios alimentarios de la ciudad, la pauta de actualización de los mismos y la forma de establecer los criterios para determinar los montos según la composición familiar en el marco de la acción iniciada por la Asesoría General Tutelar (AGT), con el apoyo de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (AC.IJ).

En este sentido, otorgó un plazo de 20 días para que se tomen las medidas necesarias a fin de revertir esta situación. Asimismo, ordenó que en el plazo de 10 días se reglamente la ley 1878, que consagra el derecho a la alimentación y que lleva 9 años sin ser reglamentada.

“Esta es una resolución sumamente importante en términos de avance hacia la efectividad del derecho a la alimentación en la ciudad ya que analiza estructuralmente la política pública alimentaria, establece los paramentos para cumplir con los pisos mínimos, y ordena la adecuación de la integralidad de los programas existentes”, consideró Luciana Bercovich, co-directora de ACIJ.

En la actualidad el único programa alimentario al que pueden acceder las personas en situación de pobreza o indigencia en la ciudad es “Ticket Social”. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), mediante este Programa, entiende que una familia está en condiciones de combatir su emergencia alimentaria con 320 pesos, mientras que la canasta alimentaria, para un grupo familiar de dos adultos y dos menores de 18 años, es de 3705.11 pesos, es decir, la canasta básica calculada por el propio GCBA representa más de 11 veces el monto otorgado a las familias que se encuentran en emergencia alimentaria.

El programa “ciudadanía porteña”, creado por ley en 2005, se encuentra limitado porque no hay posibilidad de nuevas inscripciones, no tiene una modalidad de inscripción continua o periódica, sino que la puerta de entrada a este programa es “Ticket Social”, existiendo demoras para el traspaso de entre seis meses a un año en promedio. Incluso, en algunos casos, los plazos exceden al año. Este inexplicable retraso fue denunciado en más de una ocasión por la Defensoría del Pueblo dela Ciudad de Buenos Aires.

Teniendo en cuenta que el derecho que se encuentra en discusión es la alimentación, pre requisito básico para el ejercicio de cualquier otro derecho, exhortamos al gobierno de la ciudad a que cumpla en tiempo y forma lo ordenado por la justicia y que no recurra a estrategias judiciales para dilatar el cumplimiento del derecho más urgente.