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Presupuesto 2023: el Poder Ejecutivo desconoció el aumento del Congreso para políticas sociales

El pasado 9 de enero, el Ministerio de Economía y la Jefatura de Gabinete dejaron sin efecto (mediante la Decisión Administrativa 4/23) el aumento de 567.699 millones de pesos debatido y aprobado por el Congreso a través de  la Ley de Presupuesto N° 27.701 en diciembre pasado. De no revertirse, la medida es cuestionable por inconstitucional e ilegal.

En octubre de 2022, al analizar el proyecto de presupuesto enviado por el Ejecutivo para el año 2023, organizaciones de la sociedad civil advirtieron una serie de reducciones en partidas fundamentales para la garantía de los derechos humanos. Reconociendo esta situación, la Ley aprobada por el Congreso incorporó cambios sustanciales en algunas políticas. Así, en la Ley de Presupuesto, se aprobó un aumento del gasto de $567.699 millones. De esos fondos, la mitad se destinó a políticas que tienen particular impacto en el acceso a derechos de grupos y personas en situación de vulnerabilidad. Entre ellas se encuentran las políticas alimentarias y los comedores escolares, las asignaciones familiares, las becas para estudiantes, la integración socio urbana de barrios populares, el programa nacional de tierras, viviendas y urbanismo, las acciones de reparación para niñas y niños hijos de víctimas de femicidio (Ley Brisa), el acompañamiento al egreso de jóvenes sin cuidados parentales y el plan nacional de manejo del fuego. Además de estos aumentos, el Congreso agregó un porcentaje de asignación mínima del PBI en materia educativa, del 1,33%, que tampoco fue respetado por el Ejecutivo en la distribución. 

Esta decisión implica violar el principio de legalidad que rige en materia presupuestaria. La Constitución previó en su artículo 75, inc. 8 que es el Congreso quien debe decidir sobre el gasto público. Lejos de ser un acto discrecional del Poder Ejecutivo, el presupuesto es una ley que el Ejecutivo debe implementar. En ese sentido, la decisión administrativa desconoce la voluntad del Congreso y el principio de división de poderes y constituye una afrenta al sistema republicano de gobierno. 

Por otra parte, la medida ignora el principio de progresividad que debe regir en materia de derechos económicos, sociales culturales y ambientales. En efecto, el hecho de no aumentar el gasto destinado a los sectores que el Congreso había estimado prioritarios tendrá una repercusión directa sobre su ejercicio efectivo por parte de colectivos vulnerabilizados. Además, resulta ilegal por desconocer obligaciones específicas que recaen sobre el Estado. A modo de ejemplo, las reducciones destinadas a garantizar los derechos sociales de niñas, niños y adolescentes violan el principio de intangibilidad de los recursos que establece la Ley 26.061 respecto de las políticas de infancia. 

Es urgente que el Poder Ejecutivo revierta esta decisión y asigne los aumentos dispuestos por el Congreso para garantizar derechos humanos. No hacerlo constituye una clara violación de los compromisos que ha asumido en el plano nacional e internacional.