Vivienda y Hábitat (novedades)11.04.19
ACIJ / Vivienda y Hábitat (novedades)Golpe al derecho a la vivienda: Cámara de Apelaciones declara nulidad parcial de la Ley que prohíbe el cobro de comisiones a inquilinas/os
11/04/19
Dado que la sentencia en cuestión no se encuentra firme y será recurrida por las partes, la decisión no está en condiciones de ser ejecutada, por lo que la prohibición legal de cobrar comisiones a inquilinas/os de vivienda seguirá vigente hasta que se pronuncien las instancias judiciales superiores.
La Cámara de Apelaciones porteña declaró inconstitucional el Art. 2 de la Ley Nº 5.859, sancionada en el año 2017 por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, que prohíbe a las inmobiliarias cobrar comisiones a locatarias/os por los contratos de alquiler con destino de vivienda.
Para así resolver, entendió que la decisión del Poder Legislativo local alteraba la naturaleza del contrato de corretaje, y por ende que es el Congreso Nacional el órgano competente para adoptar dicha decisión.
Sin perjuicio de ello, la sentencia reconoce el derecho de las/os inquilinos a no pagar comisiones a las/os corredores, recurriendo a la figura del “protesto”, y obliga al Gobierno de la Ciudad y a las/os corredores inmobiliarios a informar sobre ese derecho.
El fallo, a su vez, presenta argumentos contradictorios con lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia en la causa “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros c/ Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA s/ amparo” -iniciada por ACIJ e Inquilinos Agrupados-, en la que CUCICBA fuera condenado por haber facilitado el cobro de comisiones por parte de sus matriculados en violación a la normativa local oportunamente vigente.
En un contexto de crisis económica, si este fallo a favor de las empresas inmobiliarias quedase firme, ello representaría un duro golpe para más de un millón de inquilinos que residen actualmente en la Ciudad de Buenos Aires, y un nuevo obstáculo para el acceso a la vivienda de quienes precisan resolver su situación habitacional mediante el mercado de alquileres.
Al respecto, desde ACIJ se sostiene que “el fallo carece por completo de una perspectiva de derechos humanos, y sus argumentos parecen desconocer la relación desigual que existe entre las partes de un contrato de corretaje vinculado al alquiler de vivienda, que justifica el dictado de legislación que resulte protectoria de la parte débil, y que prevenga los abusos en que históricamente ha incurrido el sector inmobiliario en perjuicio de las/os inquilinas/os”.
Asimismo, Inquilinos Agrupados declara que “la presión del mercado inmobiliario no va a lograr dar marcha atrás a una ley conquistada por los inquilinos y las inquilinas de la ciudad, la comisión la paga y la seguirá pagando los rentistas de la Ciudad de Buenos Aires”.