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Se exigirá menos información en declaraciones juradas de funcionarios

Por Darío Mizrahi

Como lo anticipó Infobae, entre las normas que aprobó el Congreso para reformar la Justicia, pasó inadvertida una que decía favorecer la transparencia, pero que limita los datos exigidos, dificultando el control

“La Ley de Carácter Público de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de los Funcionarios Públicos dice que los funcionarios deberán entregar un formulario único, igual al que presentan ante la AFIP. No especifica si va ser ganancias, bienes personales, o los dos. Pero en cualquier caso, si sólo hubiera que presentar alguno de esos dos documentos, para muchos sería un retroceso. Por ejemplo, bienes personales pide una valuación total de los bienes que tiene la persona, pero no exige ningún detalle, mientras que en los formularios que se entregan actualmente se debe precisar la fecha de adquisición, quiénes son los titulares, la valuación al momento de la compra y la localidad”, explica Victoria Gama, miembro de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, en diálogo con Infobae.

Esto significa que, por ejemplo, a partir de ahora los ciudadanos no podrán comprobar las lujosas mansiones en las que viven muchos empleados públicos, imposibles de solventar con sus sueldos.

Además, los formularios que se dieron de baja obligaban a decir qué cargos públicos o privados había ocupado el empleado en los últimos tres años. Esto no está presente en los documentos de la AFIP”, agrega.

Esa información es la que permite detectar incompatibilidades entre las funciones que desempeña un funcionario y sus intereses. Por ejemplo, si un ministro adjudica una obra a una empresa de la que fue parte podríamos estar frente a una irregularidad que no sería detectada por las declaraciones juradas.

Por otro lado, ninguno de los formularios que establece la ley incluye información sobre las sociedades de las que forman parte los funcionarios. Esto no sólo impedirá verificar si algún beneficiario de concesiones estatales es o fue socio de los ministros y secretarios del área, sino que también dejará fuera de las declaraciones a los bienes de la sociedad conyugal. Con lo cual, si alguien pone todas sus propiedades a nombre de su esposa o esposo, la ciudadanía no se podrá enterar.

Un paso atrás

La nueva norma reemplaza a la Ley de Ética Pública (25.188) sancionada en 1999, que establecía los “deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías”.

Para controlar su aplicación, creaba una Comisión Nacional de Ética Pública, un organismo con muchas facultades para velar por la transparencia de toda la administración nacional. Con el fin de garantizar su independencia, estaba integrada por 11 miembros provenientes de la Corte Suprema, el Poder Ejecutivo, la Procuración General y el Congreso.

Tan ambiciosa era la ley en términos de transparencia, que determinaba que la comisión tuviera un equipo especial de peritos técnicos para investigar a fondo las incompatibilidades, inconsistencias y delitos de los funcionarios.

Pero la falta de voluntad política de los gobiernos de Fernando de la Rúa, Eduardo Duhalde, Néstor y Cristina Kirchner pudo más que la ley, y la comisión nunca fue creada.

Aún así, hasta la sanción de la Ley de Declaraciones Juradas, la norma había quedado siempre disponible para que un gobierno con vocación de transparencia la implemente. Ya no.

“La ley suprime la Comisión de Ética Pública, que nunca llegó a ser conformada, pero es la que debía controlar que las declaraciones juradas se entreguen, además de hacer un análisis de ellas. No sólo la suprime definitivamente, sino que establece que el control de los funcionarios lo va a hacer la ciudadanía. Esta es una gran falencia porque los ciudadanos sólo pueden denunciar, pero no están habilitados para sancionar”, explica Gama.

La nueva normativa no reemplaza una ley completamente abstracta, ya que si bien la comisión nunca se creó, otras instituciones asumieron algunas de sus funciones.

“Actualmente -dice Gama- los tres poderes presentan formularios distintos en sus declaraciones juradas. El Poder Judicial lo hace ante el Consejo de la Magistratura; el Legislativo, ante los presidentes de las cámaras; y el Ejecutivo, ante la Oficina Anticorrupción, que demanda las declaraciones más completas y detalladas”.

Por eso, uno de los mayores problemas del cambio es que, al asignar a los ciudadanos el control, elimina tareas de seguimiento que esos órganos estaban realizando, como verificar que todos los funcionarios presenten los papeles correspondientes y que no haya falsedades ni incompatibilidades.

De todos modos, la nueva ley tiene algunos aspectos positivos, que estaban implícitos en el funcionamiento de la comisión, pero que no se aplicaban por su inexistencia. Por un lado, como las declaraciones juradas eran recopiladas por distintos órganos, tenían exigencias diferentes para los funcionarios de las distintas áreas. Eso dificultaba tener una medida unificada para comparar el funcionamiento de los distintos poderes del Estado.

Además, en la actualidad sólo los miembros del Ejecutivo publicitan su información patrimonial, pero no así los jueces y legisladores. A partir de ahora, todos deberán hacerlo.

El problema es que esas dos correcciones se hicieron al precio de unificar la recopilación y la publicación de las declaraciones de los tres poderes en la Oficina Anticorrupción, que depende directamente de la Presidencia y a la que la misma ley le recorta funciones de control.

Infobae