La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) presentaron una acción de amparo para que “se declare la inconstitucionalidad de la Ley del Consejo de la Magistratura”, aprobada en febrero pasado, por ser contraria al artículo 114 de la Constitución Nacional.
Las ONG solicitaron, además, una medida cautelar para que “no se aplique la norma sancionada hasta tanto la Justicia no se pronuncie de fondo sobre el tema”.
“Nuestro planteo se centra en un análisis del concepto de “equilibrio” para la integración y funcionamiento del Consejo de la Magistratura, incorporado por el artículo 114 de la Constitución Nacional, demostrando cómo la ley 26.080 se aparta de dicho precepto”, declaró Natalia Monti de la ADC.
De esta manera la presentación de la ADC y de ACIJ se distingue de las demás acciones de amparo (antes hubo 3) al analizar profundamente el debate parlamentario, que se produjo al aprobarse el artículo 114 de la Constitución Nacional, “para que se entienda cuál es el espíritu de la conformación del Consejo de la Magistratura, que es precisamente eliminar injerencias políticas indebidas en el proceso de selección de jueces”, destaca Monti.
“Según la Constitución el Consejo debe ser integrado por representantes de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias, de los abogados de la matrícula federal, de personas del ámbito académico y científico. En este sentido, la Convención empleó una expresión particular: “procurar el equilibrio” y eso es lo que la ADC y ACIJ demuestran. La ley 26.080 no respeta dicho estándar y creemos que debe ser declarada inconstitucional” resaltó la referente de la ADC.
La presentación, que se realizó ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal, se radicará en el Juzgado Nº 12 a cargo de Guillermo Rossi.
El 22 de febrero de 2006 se sancionó la ley 26.080, modificando sustancialmente diversos aspectos del Consejo de la Magistratura. El principal punto de la ley es la reducción de la cantidad de miembros del Consejo de 20 a 13 integrantes, disminuyendo el número de representantes de abogados, jueces y académicos, y eliminando las segundas minorías parlamentarias.
De acuerdo a la nueva norma, 7 de los 13 integrantes del Consejo de la Magistratura (el 53%) provendrán de los órganos políticos resultantes de la elección popular, es decir, con la posibilidad de formar quórum propio (con 7 consejeros), tendrá una representación del 40% de la representación y de poder de veto.
En todas las presentaciones realizadas hasta el momento en la Justicia, las organizaciones sociales y los abogados reclaman la inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura.
22/03/06
Ya tiene jueza la causa por la reforma de la Magistratura (Clarín)
Luego de que dos juezas rechazaran el caso, en dos oportunidades cada una, la Cámara en lo Contencioso…