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Multa por no cumplir un fallo

La medida fue dictada por la Justicia porteña, la semana pasada, después de un año de demora. La multa será de 50 pesos diarios la primera semana, 100 pesos la segunda y 150 la tercera, y así sucesivamente

Por Eduardo Videla

El ministro de Educación porteño, Esteban Bullrich, deberá pagar una multa diaria por no cumplir con un fallo judicial que le ordena proveer de transporte escolar a chicos de la Villa 31 y 31 bis. La sanción fue impuesta por la Justicia porteña y corre a partir del miércoles de la semana pasada: durante los primeros siete días será de 50 pesos pero a partir de este miércoles será de 100 pesos y la semana próxima de 150, en una progresión que continuará creciendo a idéntico ritmo, en forma semanal, hasta que todos los chicos del barrio cuenten con transporte escolar y tengan garantizado su acceso a la educación.

La demanda se inició en enero de 2009, ante una presentación de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). En ese momento, el Ministerio de Educación estaba a cargo de Mariano Narodowski. La organización, que desde hace años tiene un trabajo social y de asesoramiento jurídico en la villa, había detectado que muchos chicos de esos barrios tenían dificultades para concurrir a escuelas de nivel inicial y primario por problemas vinculados con el traslado. “Dentro del barrio hay una sola escuela, que está en uno de los bordes de la villa y queda alejada para los que viven en el otro extremo. Pero la mayoría de los chicos concurren a escuelas que están lejos del barrio, en Barrio Norte, Recoleta o Retirodijo a Página/12 Dalile Antúnez, coordinadora del equipo de Educación de ACIJ–. Además, en los días de lluvia, muchas calles se vuelven intransitables para recorrerlas caminando.”

El primer reclamo se hizo por vía administrativa, en 2008. En esa ocasión, si bien desde el Ministerio de Educación de la Ciudad admitieron que “para alumnos y padres (de la Villa 31) resulta muy complicado cumplir desde el horario de ingreso hasta mantener la regularidad”, rechazaron la provisión del transporte porque no estaba contemplado en el presupuesto.

El 3 de abril del año pasado, el juez Juan Lima hizo lugar a la medida cautelar que obligaba al gobierno porteño a “proveer del servicio de transporte escolar a los menores que cursen los niveles inicial y primario que lo necesiten para acceder a establecimientos educativos ubicados fuera de dichos núcleos urbanos”. También exigió que en diez días elaborara una lista de los niños que concurren o deberían concurrir a escuelas ubicadas lejos de su domicilio. Todavía faltaba la sentencia de fondo.

Después de un año, el relevamiento no se hizo y la medida solo se cumplió parcialmente. El 25 de marzo último, la jueza Alejandra Petrella se pronunció en la cuestión de fondo e hizo lugar al recurso de amparo: le dio cinco días hábiles al gobierno porteño para realizar el relevamiento de los chicos de la 31 y 31 bis, con el detalle de la escuela a la que concurren; y en otros cinco días, debía proveer la cantidad de micros necesarios para el transporte escolar de los menores que lo requieran.

De acuerdo con esa sentencia, el Estado debía proveer transporte a los niños y niñas que viven en la villa y asisten a escuelas ubicadas a más de diez cuadras de sus casas, con el fin de “asegurar su derecho de acceder a la educación. El Estado no debe limitarse a la sola garantía de la educación gratuita sin más, pues de nada sirve su existencia en términos abstractos y teóricos si no se puede acceder a ella”, argumentó la jueza Petrella en esa sentencia.

El tiempo pasó y la medida siguió sin cumplirse. Ante una nueva presentación de ACIJ, la jueza Petrella resolvió ahora “aplicar a partir del día de notificación, y de manera progresiva, una multa en la persona del funcionario responsable del cumplimiento de la medida –el ministro Esteban Bullrich–, la que se hará efectiva sobre sus ingresos personales por el monto de 50 pesos por cada día de incumplimiento durante la primera semana; 100 pesos a partir de la segunda semana, 150 pesos a partir de la tercera semana, y así sucesivamente, hasta tanto se dé efectivo y total cumplimiento de lo ordenado”.

Esta tercera medida fue dictada el martes de la semana pasada y está vinculada con el incumplimiento de la primera cautelar, de abril del año pasado. “La medida fue muy prudente, se adoptó después de un año de la primera sentencia”, observó Antúnez, de ACIJ.

 
Página/12