PROGRAMAS25.08.22
ACIJ / PROGRAMASINFORME | El impacto de la reducción presupuestaria en los derechos sociales
25/08/22
En las últimas semanas, el Poder Ejecutivo dispuso la disminución de 100 mil millones de pesos en programas clave en materia educativa y habitacional. La medida viola el principio de intangibilidad de los recursos que establece la Ley 26.061 respecto de las políticas destinadas a garantizar los derechos sociales de niñas, niños, adolescentes. Esta decisión, así como las sistemáticas prácticas de subejecución y disminución de partidas educativas, son ilegales.
Compartimos el informe “Recorte fiscal: el impacto de la reducción presupuestaria en los derechos sociales” en el que presentamos una serie de gráficos y tablas, y sus respectivos análisis, que muestran los principales impactos de los recortes en los derechos sociales de niñas, niños y adolescentes, así como en los programas destinados a revertir el acceso deficitario a la vivienda.
Las principales consecuencias de las reducciones presupuestarias son:
- Este año, al menos 840.000 chicos y chicas no recibirán sus computadoras en el marco del programa Conectar Igualdad.
- Las sostenidas disminuciones y subejecuciones para la construcción de jardines de infantes causaron que en los últimos 5 años solamente se hicieran 927 aulas de las 7.343 proyectadas.
- A pesar del déficit habitacional que alcanza a 3,5 millones de viviendas, se recortó en un 23% el presupuesto destinado a programas que apuntan a facilitar el acceso al hábitat. A su vez, respecto a su ejecución, la última información disponible (correspondiente al primer trimestre del año) indica que tan sólo se entregaron 430 lotes con servicios de los 9.205 previstos y se realizaron 32 obras de infraestructura y equipamiento urbano de las 228 planificadas.
La decisión de recortar partidas educativas, vulnera también la normativa específica que protege los derechos de niñas, niños y adolescentes. La Ley 26.061 obliga a asegurar una asignación privilegiada de los recursos (art. 5) y dispone la “intangibilidad de los fondos destinados a la infancia, adolescencia y familia establecidos en el presupuesto nacional.” (art. 72). Además, la Convención sobre los Derechos del Niño, obliga al Estado a asignar el máximo de los recursos disponibles para asegurar los derechos de este grupo (art. 4).
Por ello, llamamos al Poder Ejecutivo a que revierta esta decisión, y asigne y ejecute de forma prioritaria los fondos previstos para garantizar estos derechos sociales.