Destacadas (medios)16.07.19
ACIJ / Destacadas (medios)El matrimonio igualitario que no fue
16/07/19
En 2011, el prefecto Octavio Romero iba camino a transformarse en el protagonista del primer casamiento igualitario de las Fuerzas Armadas cuando fue asesinado. Ante un crimen que sigue impune, se produce un hecho histórico: el caso llega a la Comisión Internacional de Derechos Humanos que comienza a evaluar si la Argentina es responsable de violar derechos humanos.
Se cumplen 9 años de una ley transformadora -2010, el matrimonio igualitario y la universalización de un derecho elemental- y 8 años de un crimen completamente impune. Bodas por aquí y bodas por allá para algunos. Para otros, en cambio, muerte. En 2011, el crimen del prefecto Octavio Romero imposibilitó el desarrollo de sus planes de vida justo cuando otros tantos ya habían comenzado a diseñar lo hasta entonces inimaginable: adoptar, heredar, compartir y acompañarse. Eran días en los que la homofobia, combatida por una política pública semejante, parecía ceder. Pero no. O no tanto. Mientras el Estado comenzaba a casar gays, lesbianas y trans, un empleado de la Prefectura, aparecía muerto tras anunciarle a sus superiores su boda. Su novio, el viudo que ni siquiera llegó a serlo, era indagado como culpable “pasional”. Luego de descartada esa conjetura, el caso sigue impune.
Ahora, el hecho histórico: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), uno de los dos organismos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) creado para la observancia y defensa de los derechos humanos, emitió un informe especial sobre el asesinato de Romero. El cuerpo de Octavio fue hallado seis días después de su desaparición en Costanera Norte (jurisdicción de la Prefectura) desnudo, golpeado y con alcohol en sangre. La autopsia comprobó que habría sido arrojado al agua sin vida, horas después de haber puesto fecha oficial a su boda con el taxista Gabriel Pipín Gerbasch.
Una luz en la OEA
Hoy, estos 8 años de dilaciones varias y nulos avances en la investigación son interrumpidos por la aparición del documento de la Comisión, un paso fundamental en la historia de quien iba camino a transformarse en el protagonista del primer casamiento igualitario de las Fuerzas Armadas.
Ante la inacción del Poder Judicial local, en junio de 2012 Pipín Gerbasch, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) se presentaron como parte peticionaria ante la CIDH.
El documento al que hacemos referencia publicado indica que, de forma preliminar, en esta petición se cumplen todos los requisitos para que la Comisión pueda “sentarse” a evaluar si la Argentina violó derechos humanos específicos. Admitir el caso implica empezar a analizar si el país no cumplió con el respeto y la garantía de derechos esenciales consignados en tratados internacionales, tales como integridad personal, garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial entre otros. Así, el hecho constituye un primer paso histórico. Para alcanzar una real dimensión institucional, cabe aclarar que como en otras circunstancias, la Comisión podría haber desestimado el caso, o podría haberlo considerado no tramitable en su seno. Por el contrario, entendió que sí.
La impunidad bajo la lupa
El expediente del homicidio de Octavio Romero está en la Fiscalía en lo Criminal de Instrucción Nº 40 de la ciudad de Buenos Aires, a cargo de Estela Andrade de Segura. No hay ni sospechosos ni mucho menos imputados. No se investigó con precisión ni la hora, ni el lugar ni la forma en que Octavio desapareció o quién/es se lo llevaron. No hay información sobre posibles móviles.
En 2015, apareció material anónimo con el detalle pormenorizado de lo que podría haber ocurrido. Según esos papeles, el prefecto habría sido objeto de un crimen homofóbico, concomintante con ciertos hostigamientos, amenazas de muerte, pintadas en los baños, burlas y un creciente malestar interno en su trabajo tras su anuncio matrimonial, que incluyó un pedido expreso de no casarse con el uniforme puesto. Esos datos fueron remitidos a la Fiscalía y según la defensa no fueron considerados. Allí se mencionaba un disco rígido con el mapa de la operación. El allanamiento a las oficinas demoró lo suficiente como para que ese disco no aparezca. Mientras tanto, todos y cada uno de los máximos funcionarios de Prefectura han sido derivados o jubilados.
Hasta el asesinato de Octavio, el protocolo vigente en las fuerzas de seguridad de la Argentina obligaba a informar con quién se casaba cada integrante. Romero trabajó trece años en la Prefectura Naval Argentina. En dos oportunidades – septiembre de 2011 y mayo de 2012- Gabriel solicitó ser querellante en la causa. Esas solicitudes le fueron negadas bajo el argumento de ser considerado sujeto pasivo de la investigación.
Durante este período, el novio de Romero no tuvo acceso al expediente y a su vez fue investigado como presunto responsable. En julio de 2012 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la decisión y resolvió admitirlo como querellante.
Cómo sigue esta historia
Un proceso ante la Comisión Interamericana es considerado de naturaleza subsidiaria, es decir que sólo es posible presentar una demanda allí una vez agotados todos los recursos en el país contra el cual se articula la denuncia. En este caso puntual, el informe aclara que no es posible considerar ya usadas todas las herramientas internas porque hay una alevosa demora en la investigación: desde 2011, los deberes que tiene el Estado argentino de investigar de manera diligente no están siendo cumplidos. Por ende, no hay sentencia final a partir de la cual la CIDH pueda contar seis meses -plazo estipulado- e investigar ella. Cualquier petición pasa a tener entonces dos vías posibles de resolución, primero ante la Comisión misma y luego ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emplazada en Costa Rica. La Comisión estipula si las violaciones denunciadas son atribuibles al Estado y si se cumplen los requisitos. Una vez aprobado y admitido, el organismo corroborará las alegaciones y dictaminará si el Estado argentino no actuó conforme sus obligaciones asumidas. Este proceso tomará algunos años y determinará si la Argentina infringió o no los derechos de Romero y de su pareja, también contemplada como víctima. Cuando ese segundo informe -denominado “de fondo”- esté concluido, se le consultará a las víctimas si desean que el caso sea elevado a la Corte, en tanto y en cuanto la Argentina no cumpla con las indicaciones surgidas del estudio.