Recientemente se conformó el Espacio de Trabajo Fiscal para la Equidad (ETFE), integrado por especialistas de la academia y de la sociedad civil que buscamos aportar análisis técnicos, políticos y culturales al debate público en torno a la necesidad de promover medidas fiscales progresivas, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. Compartimos el primer artículo elaborado por Magdalena Rua, integrante de este espacio.
La Cámara de Diputados/as comienza a debatir el proyecto de ley que propone la creación de un Fondo Nacional para la cancelación de la deuda con el FMI, cuyos recursos provendrían de lo recaudado a partir de bienes en el exterior no declarados hasta el momento. La iniciativa consta de varios proyectos enfocados en uno de los problemas estructurales de la Argentina: la fuga de capitales. El Senado mantiene en revisión el proyecto que levanta el secreto fiscal, bursátil y bancario, cuyo avance resulta fundamental para detectar a los evasores.
La fuga de capitales es un fenómeno complejo que daña la economía y profundiza la restricción externa y la dependencia financiera de nuestro país. La regresividad de la estructura tributaria argentina y sus altos niveles de evasión fiscal, junto con la fuga de capitales, son problemáticas que se entrelazan y conforman dificultades estructurales en Argentina, que se ven agravadas por el endeudamiento externo y por las políticas promovidas por el FMI. La iniciativa legislativa en discusión se enfoca en la porción de la fuga asociada a la evasión y elusión fiscal de grandes empresas y personas adineradas y, de aprobarse, se espera que tenga un impacto positivo en la recaudación tributaria y en la balanza de pagos.
Si bien no es posible conocer con certeza qué porción de activos externos no es declarada en la actualidad por las personas y empresas en sus declaraciones juradas de impuestos, los datos de AFIP de 2019 muestran que los bienes en el exterior declarados rondan los U$S 81.000 millones, cifra muy lejana a lo estimado por INDEC, que calcula U$S 334.700 millones en activos externos del sector privado para el mismo año.
Según INDEC, la Argentina tiene una posición neta acreedora frente al resto del mundo. Esto significa que el sector privado y público, financiero y no financiero –en conjunto– poseen más activos externos que pasivos externos, lo cual resulta una paradoja frente al escenario actual de endeudamiento externo insostenible. A diciembre de 2021, la economía argentina registró una sobrada posición de inversión internacional positiva de US$ 122.117 millones. Ello se explica porque el sector privado (no financiero) posee un enorme caudal de activos externos (US$ 360.000 millones en 2021, según INDEC), que representa 8 veces lo adeudado al FMI, o US$ 431.000 millones de dólares de activos externos hasta el año 2019, según estimaciones alternativas a la oficial, representando 10 veces el préstamo con el FMI.
Un dato adicional a tener en cuenta es que el gobierno de Mauricio Macri anunció que el régimen de “sinceramiento fiscal” de empresas y personas alcanzó los 116.800 millones de dólares exteriorizados, de los cuales 93.300 millones correspondían a bienes en el exterior, cifra que no se vio directamente reflejada en las estadísticas que publica el INDEC ni en las que publica la AFIP, es decir que ambas podrían estar subestimadas. Todos estos elementos nos llevan a pensar que todavía puede haber una enorme suma de activos externos de residentes que no está declarada.
Un aspecto sobresaliente del proyecto, y sin antecedentes en lo que respecta a este tipo de regímenes, es que el pago deberá ser ingresado en moneda extranjera. Además, la alícuota prevista (del 20% cuando la declaración sea espontánea y voluntaria, del 35% si la declaración se efectúa pasados los 6 meses de entrada en vigencia y del 50% una vez iniciada la fiscalización) es relativamente elevada comparada con otros regímenes previos. Otros aspectos relevantes de la iniciativa son el levantamiento del secreto bancario, fiscal y bursátil y la creación de la figura del “colaborador”. De aprobarse, se autorizaría el levantamiento del secreto para que todos los entes u organismos oficiales que tengan injerencia en la autorización y determinación de precios regulados, accedan a información restringida, y las entidades financieras deberían informar a los organismos recaudadores de impuestos y al Banco Central, teniendo este último acceso directo a la información de cualquiera de las operaciones que realicen las entidades financieras.
La creación de la figura del “colaborador” aparece como un elemento novedoso que supondría una nueva figura de arrepentido en lo que respecta a delitos penales tributarios. Esto es muy relevante para el interés público en la lucha contra la evasión fiscal, puesto que, en la práctica, este tipo de denuncias son la única vía posible para su descubrimiento. De hecho, las mayores revelaciones de evasión fiscal internacional se filtraron a través de informantes, como es el caso de Hervé Falciani en HSBC, Stephanie Gibaud en UBS, Hernán Aribizu en JP Morgan Chase, entre muchos otros. Por otro lado, el proyecto instruye a la AFIP a requerir colaboración a otros organismos internacionales y de cooperación contra la evasión fiscal y el lavado de activos, y a los bancos, sociedades o agentes de bolsa, u otras entidades en donde se detectan o localizan los fondos no declarados, que actúen como agentes de recaudación. También, encomienda al Ministerio de Economía a solicitar la colaboración del FMI en la detección de operaciones ilegales que desvíen fondos a guaridas fiscales.
La detección de riqueza oculta en el exterior de propiedad de personas humanas y jurídicas residentes –y no descubierta hasta el momento– es una deuda pendiente en la Argentina. Para ello, el Congreso debe avanzar en la discusión de la iniciativa en su conjunto y trabajar de forma coordinada con los organismos de contralor para conocer sus debilidades y carencias, de modo de poder dotarlos de más y mejores herramientas.