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Se podrían recuperar 13 mil millones de dólares que le robaron al Estado (Tiempo Argentino)

Aunque pocos lo sepan, en la Argentina se puede recuperar el dinero que funcionarios o empresarios corruptos le robaron al Estado. Basta la presentación de una demanda de daños y perjuicios u ordenar un decomiso judicial para recuperar, según estimaciones, 13 mil millones de dólares que podrían ir al financiamiento del Poder Judicial o servir de resarcimiento al organismo estatal afectado.


No importa en manos de quién esté el bien. Si la justicia logra recrear la ruta del dinero, se puede recuperar.


El Centro de Prevención de Criminalidad Económica (CIPCE) hizo un relevamiento sobre el tema y consideró que en la Argentina se puede ir tras unos 13 mil millones de dólares perdidos por hechos de corrupción y criminalidad económica desde 1980. Ese dinero, convertido a pesos, sobraría para cubrir el presupuesto anual del Estado Nacional en Salud, Educación, Vivienda y Seguridad.


Hasta ahora, el único patrimonio recuperado fue el lujoso petit hotel de María Julia, 3 millones y medio de pesos que fueron a los fondos del Poder Judicial.


Pero también se podrían recuperar, por ejemplo, una indemnización de 600 millones por el escándalo de la privatización del espacio radioeléctrico, 60 millones por la irregular licitación con la empresa Siemens por la digitalización de los DNI, rescatar los 54 millones de pesos pagados irregularmente a un pool de aseguradoras en perjuicio del Ministerio de Economía (ver recuadro) y reclamar otra suculenta suma por los 50 mil millones de pesos otorgados presuntamente de manera irregular por el Fondo Fiduciario, todo esto según datos brindados por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). Esta herramienta de recupero de activos ayudaría a disuadir los actos de corrupción, estiman los especialistas. Diego Freedman, consultor de la oficina anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, afirmó ante Tiempo Argentino que “tiene un fuerte efecto simbólico y disuasivo. Si a la persona que comete el delito económico se le sustrae la ganancia, hay un fuerte incentivo para impedir que otros cometan delitos de esta especie”.


Luis Villanueva, Coordinador del Programa Acción Ciudadana y Lucha Contra la Corrupción de Asociación Civil por la Igualidad y la Justicia (ACIJ), coincide en que “procede como un remedio real y efectivo, pero también construye simbólicamente a la creación de una cultura que condena la corrupción y la impunidad”.


Desde hace casi siete años está previsto en el código penal la posibilidad de que, cuando exista una condena penal, se puedan decomisar las ganancias que son el producto o el provecho del delito.


Pero más allá de antecedentes aislados, como el de María Julia o IBM-Banco Nación, en el que también se pidió que parte del dinero vuelva al Estado Nacional, el sistema no está funcionando como debería. Las fuentes consultadas, aseguran que es por falta de conciencia, recursos o capacitación. De hecho, así lo consideró Guillermo Jorge, especialista en recupero de activos: “La justicia penal requiere un cambio cultural. Fiscales y jueces se concentran en si va presa o no una persona, sin mirar los números del perjuicio económico. No están entrenados para eso. La forma de resolver esto es que cada fiscal tenga un contador trabajando a su lado. También es necesario que las fiscalías cuenten con un software más moderno. La tecnología es importante en esto porque hay que procesar gran cantidad de datos.”


Desde ACIJ también exigen ese cambio de mentalidad. “Lo principal es la manera en la cual se preparan los funcionarios judiciales y la importancia que le dan a la tarea de detectar el dinero”, explicó el abogado Luis Villanueva, de ACIJ, a este diario. “Actualmente la mentalidad es conseguir la prueba del hecho de corrupción para lograr la condena. Se busca la sanción de prisión por el delito y no recuperar para el patrimonio público los fondos mal habidos”, agregó. Y así lo reconoce también la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia de la Nación. En un trabajo de este año titulado Recupero de activos de casos de corrupción. El decomiso de las ganancias del delito, se remarcó la necesidad de un cambio cultural: “Muchas veces, en la tramitación de causas penales, se dejan de lado cuestiones tan importantes como la reparación del daño sufrido por las víctimas o la neutralización de los beneficios generados a raíz de un actuar delictivo”.


Pero no sólo se apunta al poder judicial. Freedman señala que “es importante la ayuda del sistema bancario y registral. La inspección general de justicia, los registros de propiedades y los operadores del sistema bancario son fundamentales para la detección de los bienes provenientes de hechos de corrupción. Tienen que estar preparados para ello.”


Guillermo Jorge, en cambio, piensa que “el sistema bancario está preparado, pero no tiene interés en colaborar. Cuando el Estado lo empiece a presionar y sancionar cuando corresponda, le va a empezar a dar bolilla al tema. Pero si la Unidad de Información Financiera (UIF) no tiene recursos para procesar los reportes de operaciones sospechosas informadas por los bancos, es todo más difícil.”


En noviembre de 2009, Guillermo Jorge publicó un documento en el marco de un proyecto de control de corrupción implementado por ACIJ y el Área de Derecho de la Universidad de San Andrés. En aquel informe, que lleva el título Recupero de Activos de la Corrupción en Argentina, se otorgaron varias recomendaciones de política institucional y agenda legislativa sobre este asunto.


Allí, entre otras cuestiones, se destaca que, desde la vigencia de la norma del decomiso del producto del delito, la misma no se ha aplicado por falta de políticas institucionales que orientaran la investigación criminal hacia ese objetivo. Por eso, recomiendan que se optimice los escasos recursos destinados actualmente a la investigación de los delitos de corrupción y en especial a la localización del producto con miras a su posterior recuperación.


Recientemente surgieron algunas señales positivas para mejorar la instrumentación de esta herramienta. El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, a finales de 2009 instruyó a todos los fiscales federales a que en el marco de las investigaciones que se lleven a cabo por hechos de corrupción, narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, evasión tributaria, contrabando, y demás delitos relacionados con la criminalidad económica, realicen la investigación patrimonial de cada una de las personas involucradas para permitir individualizar los bienes o el dinero vinculado a la maniobra investigada y poder lograr su decomiso o su embargo para una futura indemnización civil.


Previo a esto, el jefe de los fiscales instruyó a sus subordinados con el fin de que en las causas de corrupción adopten las medidas necesarias para no frustrar el recupero de los bienes provenientes de ese delito. Y creó una oficina especial denominada Oficina de Coordinación y Seguimiento de Delitos Contra la Administración Pública, a cargo de la fiscal Sabrina Namer.


Una de las funciones principales de esa oficina es trabajar sobre el recupero de los bienes adquiridos con los delitos de corrupción, logrando que vuelvan a la sociedad.


El poder legislativo nacional también está dando algunas señales en esta materia. En junio de este año la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados dictaminó a favor de la modificación del Código Penal que incluye una reforma a la norma del decomiso. Con ella, admitiría que los bienes vinculados al delito de corrupción puedan ser decomisados sin la necesidad de una condena penal, cuando se hubiere podido comprobar el origen ilícito, cuando el imputado no pudiere ser enjuiciado por motivo de fallecimiento, fuga, prescripción o cualquier otro motivo de suspensión o extinción de la acción penal.


Si este proyecto se convierte en ley, permitiría que, independientemente de que exista la condena penal, cuestión que no sucede porque muchas causas suelen quedar en el camino al prescribirse la acción, se pueda recuperar el dinero. “El grave problema de la Argentina es justamente que no se puede decomisar sin sentencia condenatoria –consideró Diego Freedman ante Tiempo– por lo que cuando el imputado se fuga, o prescribe la causa, no se lo puede someter a juicio, con lo que no se puede decomisar sus bienes provenientes del hecho de corrupción.”


En el mundo hay experiencias positivas en el área de recuperación del dinero obtenidos por hechos de corrupción (ver recuadro, “Una tendencia mundial”). Según un informe de Naciones Unidas, los sobornos recibidos por funcionarios públicos corruptos de países en desarrollo y en transición oscilan entre los 20 y 40 mil millones de dólares por año. Son 109 millones de dólares por día que podrían invertirse para paliar las necesidades básicas de la población más castigada. Tanto como podría ocurrir en la Argentina


Tiempo Argentino