ACIJ / Poder Judicial y DESC (novedades)

Grave sentencia que limita el derecho de acceso a información pública

La jueza federal de primera instancia en lo Contencioso Administrativo, Cecilia Gilardi Madariaga De Negre, rechazó la posibilidad de recurrir ante la Justicia por el incumplimiento de las resoluciones de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). De quedar firme, el fallo desarma el diseño institucional creado por la Ley 27.275 para garantizar este derecho humano.

En la sentencia dictada el pasado viernes 15 de noviembre, la jueza desestimó un amparo presentado por ACIJ que buscaba lograr la ejecución de una resolución de la Agencia de Acceso a la Información incumplida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), argumentando que quienes acudan a la Agencia de Acceso a la Información Pública pierden la posibilidad de reclamar luego ante el Poder Judicial de la Nación.

Se trata de una lectura fragmentada e incompleta del art. 14 de la Ley del Derecho Acceso a la información Pública (27.275) que viola garantías constitucionales básicas como el control judicial de los actos de la administración y el derecho a acceder a la Justicia, contraría precedentes del Sistema Interamericano de Derechos Humanos relacionados a esta temática, e impacta negativamente en la posibilidad efectiva de acceder a la información pública (derecho humano íntimamente relacionado con el de libertad de expresión)

La jueza realiza una interpretación restrictiva de la Ley de Acceso a la Información Pública, que no surge de la letra de la ley ni de los principios que la iluminan. Más aún, si la ley estableciera aquello que en la sentencia se pretende, dicho condicionamiento sería indubitablemente inconstitucional porque implicaría una renuncia al derecho a acceder a la justicia en relación a la defensa de un derecho humano.

En noviembre del 2018, ACIJ acudió a la Agencia de Acceso a la Información Pública a los efectos de reclamar por la denegatoria de información pública de la AFIP, en relación al régimen de reembolsos en puertos patagónicos. Dichos reembolsos  constituyeron durante su implementación un gasto tributario por el que en 2016 dejaron de percibirse $3.100 millones. ACIJ buscó conocer las razones, beneficiarios e impactos de dicha política pública que, como la mayoría de beneficios fiscales, configura una reducción de recursos públicos poco transparente y que adolece de un débil debate para su instauración. El 9 de mayo de este año, la Agencia resolvió a favor del reclamo de ACIJ e intimó a la AFIP a entregar, dentro de los 10 días hábiles, toda la información pública solicitada. Sin embargo, el organismo recaudador desconoció la resolución de la Agencia y jamás entregó la información. 

La decisión de la jueza es un grave retroceso que no registra antecedente desde la sanción de la Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina, un hito reclamado por décadas en nuestro país. De quedar firme, tornaría estéril el rol del órgano garante creado por la ley, ya que ante la imposibilidad de poder recurrir a la Justicia por el incumplimiento de sus resoluciones ningún solicitante optaría por una vía que carece de mecanismos para garantizar el cumplimiento de sus decisiones.

ACIJ apeló la sentencia el día de hoy, por lo que la decisión quedará en manos de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

La copia de la sentencia puede consultarse aquí.