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Un fallo judicial determinó que el inquilino no paga la comisión

La Justicia porteña rechazó una demanda que pretendía que los inquilinos volviesen a pagar las comisiones. El pedido provenía del sector inmobiliario y fue denegado por el Juzgado N° 14 del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario.

La demanda había sido interpuesta por el Centro de Corredores Inmobiliarios y por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios, quienes solicitaban la declaración de inconstitucionalidad de la Ley N° 5.859, sancionada el año pasado por la Legislatura porteña.

La normativa establece, entre otras cuestiones, el pago a cargo del propietario de la comisión inmobiliaria en los casos de locaciones urbanas de vivienda. Antes, ese monto era percibido por los inquilinos, quienes abonaban un 4,15% del total del contrato. Mientras que los propietarios acordaban en forma libre con la inmobiliaria. Hoy el porcentaje sigue siendo el mismo, pero debe ser abonado por el dueño del inmueble y no por el inquilino.

La idea de la norma fue reducir los costos que afrontaban los inquilinos a la hora de firmar un contrato. Entre la comisión, los meses de depósito y adelanto, los certificados de firmas y otros trámites, el monto de ingreso podía entonces equivaler hasta cinco meses de alquiler.

“Si bien la Ley N°5.859 no resuelve la totalidad de las problemáticas que enfrentan los inquilinos, mitiga una de las dificultadas vinculadas a las barreras de acceso a la vivienda en alquiler, como es el pago de la comisión inmobiliaria, y su ratificación es un punto de partida con miras a seguir trabajando para buscar soluciones para el sector”, expresó en un comunicado la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia

Fuente: Telefé Noticias