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Un año más sin ley (Infocivica)

A pesar de las exigencias internacionales en materia de transparencia y lucha contra la corrupción, la Argentina aún no cuenta con una ley nacional que regule el ejercicio del derecho a la información pública que cumpla con principios y estándares internacionales. El reclamo se hace presente una vez más al recordarse un nuevo aniversario del Día Mundial del Derecho a Saber.



El derecho a la información comprende la libertad de todo individuo de investigar, recibir y difundir informaciones de toda índole, según el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Si bien en diciembre de 2003, el presidente Néstor Kirchner dictó el decreto 1172 que regula el derecho de acceso a la información en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, y el libre acceso está consagrado en la Constitución Nacional y en varios tratados internacionales, todavía nuestro país no cuenta con una ley nacional que permita el acceso a la información pública, requisito fundamental para la participación ciudadana en los asuntos públicos.



“Una ley de acceso a la información es necesaria para que el ejercicio del derecho constitucional a solicitar información en poder del Estado –reconocido en diversos instrumentos internacionales– no se vea vulnerado. A su vez esta ley, para ser efectiva, debe contar con ciertos elementos mínimos que aseguren la exigibilidad y el ejercicio de este derecho” aseveró Laura Alonso, directora ejecutiva de Poder Ciudadano.



La referente de Poder Ciudadano opinó que “es importante promover en la ciudadanía que se apropie de este derecho como así también comenzar a instalar en el Estado un cambio cultural que permita hacerlo operativo”.



El Día Mundial del Derecho a Saber fue instituido en el año 2002 por una red de organizaciones promotoras del derecho de acceso a la información en todo el mundo con el objetivo de generar gobiernos más transparentes y ciudadanía mas informada. Los promotores de este derecho fundamental en la Argentina son: la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y Poder Ciudadano, entre otras.



“La ADC viene desarrollando un programa dedicado específicamente a la defensa y promoción del derecho de acceso a la información pública en Argentina, trabajando no sólo para lograr una efectiva implementación del derecho, sino para concientizar a la ciudadanía de que tiene este derecho, que le pertenece y que como tal, puede hacerlo efectivo. En la actualidad, nuestra principal tarea es capacitar actores sociales en todo el país, generar productos de lectura, presentar iniciativas de ley, e incentivar a los ciudadanos a presentar pedidos de acceso a la información” contó Mariela Belsky, encargada del Area de Acceso a la Información Pública de la ADC.



Las organizaciones reconocen que el decreto 1172/03 fue un avance importante para el reconocimiento del derecho a la información, ya que establece diversos mecanismos en el marco del Poder Ejecutivo Nacional como las audiencias públicas; la publicidad de la gestión de intereses; la elaboración participativa de normas; el acceso a la información pública; las reuniones abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Públicos; y el acceso libre y gratuito vía internet a la edición diaria del Boletín Oficial. Sin embargo, su alcance se limita al ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, es decir, no genera ningún tipo de obligación en las esferas de competencia del Poder Legislativo y del Poder Judicial. Tampoco en los niveles subnacionales, espacios altamente cuestionados por falta de apertura de ellos hacia la ciudadanía, acceso a la información y transparencia.



Para Natalia Torres del Area de Transparencia de CIPPEC “es una pena que Argentina no pueda aún celebrar este día contando con una ley nacional acorde a principios y estándares internacionales. Lo es aún más si tenemos en cuenta los esfuerzos que durante los últimos 5 años emprendieron legisladores, organizaciones de la sociedad civil y funcionarios. Sin embargo es importante recordar que el derecho de acceso a la información se encuentra reconocido en nuestra Constitución Nacional y que nada ni nadie debe impedirnos ejercerlo” recalcó.



“Es importante también destacar los avances que se han producido en los últimos años: la emisión de leyes provinciales, ordenanzas municipales y el Decreto 1172/03 han sido pasos importantes para el reconocimiento del derecho. Ahora bien, el contar con normativas que regulen el derecho es tan sólo un paso para lograr su efectivo ejercicio. Es fundamental trabajar en el nivel administrativo/organizacional para que la sanción de normas se complemente con la implementación de políticas que hagan efectivo el contenido de lo establecido normativamente. En este sentido el desafío es considerar al acceso a la información no tan sólo como un derecho sino como el objeto de una política pública que se implemente en el Estado de manera uniforme y permita un acceso equitativo a la información en él disponible” remarcó Torres.



En la actualidad, hay instrumentos internacionales que promueven la lucha contra la corrupción que establecen como herramienta el acceso a la información como uno de los mecanismos centrales para transparentar las acciones del Estado y disminuir los márgenes de discrecionalidad. Tal es el caso de la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC), ratificada por nuestro país, que recomienda instituir normas jurídicas que apoyen el acceso a la información pública. Si no se cumple con esta recomendación, la Argentina podría tener sanciones por el incumplimiento de la obligación de proveer información.



Crónica de un proyecto frustrado



En el año 2001, la Oficina Anticorrupción dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, convocó a un procedimiento especial para discutir un preproyecto normativo para regular el derecho de acceso a la información pública. Producto de este proceso denominado elaboración participada de normas y del cual formaron parte empresarios, académicos, periodistas, funcionarios, miembros de organizaciones no gubernamentales, expertos y otros sectores involucrados, en el año 2002 el Poder Ejecutivo envió un proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública altamente consensuado y que respetaba principios y estándares internacionales existentes en la materia. Esta iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados el 8 de mayo de 2003.



Sin embargo el 1° de diciembre de 2004, el Senado aprobó el proyecto de ley de Acceso a la Información Pública con numerosas modificaciones introducidas por la Comisión de Asuntos Constitucionales. En ese momento un grupo de organizaciones ACIJ, ADC, CIPPEC, CELS, FARN, FOPEA, INECIP, Periodistas y Poder Ciudadano elaboraron un documento en el que señalaban numerosas críticas en relación con esta iniciativa.



Según estas organizaciones la iniciativa desvirtuaba el espíritu de una ley de estas características y vulneraba principios y estándares internacionales en la materia. Puntualizaba entre otras cosa que:



El dictamen no garantizaba que cualquier ciudadano tenga acceso a la información pública: exigía indicar los motivos que justificaban el pedido de información, violando el principio de legitimación activa amplia; establecía requisitos burocráticos que violaban el principio de informalidad; y fijaba aranceles que, por su regulación, obstaculizaban el más amplio acceso a la información.


El dictamen habilitaba la discrecionalidad: Incorporaba nuevas excepciones que no eran enunciadas de forma taxativa, no gozaban de certeza ni se ajustaban a estándares internacionales, lo que brindaba una excesiva discrecionalidad al funcionario para decidir la reserva de información. En tal sentido, permitía que las excepciones no sean dispuestas por ley.


El dictamen desnaturaliza el sentido de una ley de acceso a la información pública: su definición de información pública era ambigua, vaga y confusa. No era utilizada ni por otros países, ni por otra normativa nacional (como la Ley de Acceso a la Información Ambiental o el Decreto 1172 firmado por el Presidente Kirchner en el 2003) o local (como por ejemplo la ley 104 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Asimismo, la extensión de la obligación de brindar información a todas las entidades privadas — más allá de aquellas que mantengan un vínculo con el Estado —, confundía los sistemas de control y principios que rigen a órganos públicos y privados. Esto desvirtuaba el sentido de una ley de acceso a la información pública, provocaría numerosos planteos de inconstitucionalidad y la convertiría en una herramienta de imposible aplicación, evitando en consecuencia la transparencia de los actos de gobierno.

Luego de más de cuatro años sin tratamiento, en febrero de 2006 este proyecto perdió estado parlamentario.



A partir de ese momento, han sido infructuosos los intentos por promover la sanción de una ley de Acceso a la Información que cumpla con los estándares internacionales.



Donde consultar



Desde la declaración del Día Mundial del Derecho a Saber, organizaciones sociales generaron diversas iniciativas para promover el derecho de acceso a la información. Por ejemplo, se puede consultar acerca de las normativas provinciales y los avances de las leyes en el mapa de acceso a la información elaborado por CIPPEC en http://www.accesoalainformacion.org/mapa.php. Y para conocer en más detalle el trabajo de otras organizaciones sociales en relación a la promoción del derecho de acceso a la información y dejar sus opiniones sobre este tema pueden ingresar en el weblog de Clarín Plaza Pública