ACIJ / Prensa

MARIANO SILVESTRONI – SIN CORRUPCIÓN – PODER CIUDADANO (No hay Derecho, blog)

El 1º de febrero recibimos una correo de Mariano Silvestroni en el cual nos solicita que publiquemos esta réplica de Virgolini, Maloneay y Silvestroni a una nota de Poder Ciudadano repoducida en el blog Sin Corrupción. Así lo hacemos, y desde ya invitamos a Poder Ciudadano y al blog sin Corrupción a enviar cualquier opinión o respuesta que consideren de interés para ser publicadas aquí.


 La ONG Poder Ciudadano acaba de publicar en su web una nota anónima (no se cita el autor), también consignada en el blog “Sin Corrupción”, en la que se nos alude con nombre y apellido, exhortándonos a desistir de una denuncia, y para ello se invocan hechos y circunstancias falsas. Nos permitimos responder:


1) Es cierto que hemos denunciado a los abogados Nino, Binder, Biscay, Castelli y Blanco ante el Tribunal de Ética del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, pero ha sido en los términos del art. 14 del código de ética profesional y no es cierto que haya sido con motivo de las expresiones vertidas en un debate mantenido a través de la web, ni para saldar dicha disputa, ni para ahogar derecho alguno a la libre expresión.


2) El hecho que motivó la denuncia es bien preciso: consiste, en cambio, en el haber consignado en un escrito judicial manifestaciones injuriosas y agraviantes, absolutamente innecesarias y violatorias de la regla ética ya mencionada.


3) El hecho sobre el que versa la denuncia es, en efecto, el que en base a la disconformidad suscitada por la interposición de un recurso procesal, los abogados denunciados tildaron de soeces a los argumentos empleados en el recurso, atribuyeron a los suscriptos una conducta de la mayor mala fe, les imputaron alevosía, y grosería, vileza, indignidad e infidelidad(¿), el haberse burlado de las reglas básicas de las negociaciones, haber realizado una jugada distante del fair play, un ejercicio de cinismo y burla hacia las instituciones del derecho y las nociones más básicas de la justicia, y otras semejantes.


 4) Al apoyar el comportamiento de los abogados Binder, Biscay, Nino, Castelli y Blanco, puede parecer que Poder Ciudadano admite que las controversias y los litigios judiciales puedan resolverse mediante el agravio y no a través del análisis del derecho, y con ello abre la puerta a una escalada de medios injuriantes porque: ¿Cuál es el límite entre el lenguaje señalado y un escupitajo? ¿En qué punto de una discusión jurídica puede ésta saldarse con una bofetada? Obviamente, la escalera puede no tener fin.


 5) Del mismo modo, ese apoyo da pié a la sensación de que Poder Ciudadano puede haber sido ganado por una especie de fundamentalismo antigarantista, que autoriza la descalificación pública del adversario como arma más eficaz para la victoria que la discusión de ideas sobre una base igualitaria: cuando una parte se permite denostar y menoscabar al adversario se acaba la democracia, pierde fuerza la razón y gana la prepotencia y el autoritarismo.


 6) Finalmente, cabría interpretar que Poder Ciudadano considera bien que los abogados no se encuentran sometidos a reglas éticas de obligatorio cumplimiento, o bien que las faltas cometidas en el ejercicio estricto de la labor profesional, en el marco de un proceso judicial, no deben ser sancionadas y que la lenidad a dichas faltas se justifica en aras de la libertad de expresión que sus autores ejercen en ámbitos que son ajenos al ejercicio profesional.


 7) Pero no parece que la trayectoria de Poder Ciudadano admita ninguna de las tres interpretaciones que hemos señalado, por lo menos en función de la actuación reconocida de esta ONG de bien ganado prestigio. Poder Ciudadano es una expresión que reclama la participación, y ésta solo es posible a través del respeto mutuo, que asegura la igualdad y no el sometimiento.


 8) Por lo tanto debemos admitir, como mejor hipótesis, que Poder Ciudadano no se ha informado debidamente antes de emitir un comunicado que por una parte resulta falaz en los hechos y por la otra contradictorio con el ejercicio de la democracia que defienden. Porque es evidente que sólo en razón del desconocimiento (no podríamos sospechar “amiguismo”, “deshonestidad intelectual” o “esnobismo” en el seno de esa entidad) pueden efectuarse las consideraciones que respondemos. Les ha faltado información y lectura. Suponemos que podrían haber escuchado nuestra versión antes de opinar. O que podrían haber leído nuestro escrito (algo tan básico), para saber de qué se está hablando.


 9) Para preservar la transparencia y la ética, que son los verdaderos intereses de Poder Ciudadano, sería saludable que, en lugar de detenerse en el detalle poco relevante de una denuncia ante el Tribunal de Ética del Colegio Público de Abogados (que no debería sufrir presiones de ningún tipo ni siquiera a través de este tipo de comentarios públicos), se preocupara por indagar en la verdadera relación existente entre el Ministerio Público Fiscal y las ONGs CIPCE y ACIJ, relación que existe formalmente pero que fue deliberadamente ocultada tanto por la fiscal interviniente en el proceso IBM-BNA, señorita Namer, como por los abogados ahora denunciados. En efecto, en el acta del juicio abreviado se hizo constar que “a modo de garantes de la transparencia del proceso y tratativas para arribar al presente juicio abreviado, CIPCE y ACIJ, las dos organizaciones no gubernamentales que más críticas han sido del actuar del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal durante el desarrollo del proceso …” eran convocadas al acto, y que, por ello, “de manera alguna podrá decirse que el Estado arribó a una solución irregular del caso”. Pero la realidad es otra: ambas ONGs y los letrados aquí denunciados –algunos de los cuales suscribieron el acta referida- no son extraños ni críticos de la actuación del Ministerio Público Fiscal, ya que con anterioridad habían firmado acuerdos de colaboración con el Ministerio Público Fiscal, en los que se consignaba que (cláusula cuarta) “A los fines de planificar, proyectar y dirigir las tareas y actividades desarrolladas a partir de la firma del presente convenio marco de colaboración las partes convienen en designar a Sabrina Namer en representación de la PROCURACION y a Pedro Biscay en representación de CIPCE”. Para aclarar los tantos: Namer y Biscay son los representantes de “las partes en el acuerdo de colaboración, pero luego Biscay se presenta en el juicio junto con Nino como si fueran independientes, invocando ser las personas más críticas de la labor del Ministerio Público Fiscal, para avalar la actuación de Namer y “dar transparencia al acto”. Ello, claro está, sin revelar la existencia del convenio de colaboración. ¿Esto es o no una mentira? ¿Qué tiene que ver esto con la transparencia?


 10) Lo proponemos como idea: tal vez a Poder Ciudadano le interese investigar y opinar sobre esta deliberada opacidad. O sobre la cláusula quinta del convenio “de colaboración” que dice: “La firma del presente convenio no implica erogaciones financieras directas, sin perjuicio de los acuerdos complementarios que se firmen en este sentido, los que estarán sujetas a las decisiones de sus respectivos órganos competentes, a la disponibilidad de fondos y a las normas referentes a asuntos presupuestarios y financieros” ¿Habrá existido algún acuerdo económico? Tal vez la estrecha relación entre CIPCE y ACIJ y Poder Ciudadano le permita a ésta averiguarlo.


 11) Por último, nos interesa señalar que la “nota” de Poder Ciudadano es anónima, como ocurre también con las que publican las ONG Cipce y Acij en “Sin Corrupción”. Nos gustaría saber quiénes dicen lo que dicen. Para saberlo nomás. Porque es muy fácil escudarse detrás de un logo o de un nombre y desde allí decir cualquier cosa. ¿Quién es Poder Ciudadano hoy concretamente? ¿A quién representa? ¿Quién habla por ella? ¿Habla por sí o por sus aportantes? ¿Hablan sus autoridades a título personal? ¿Qué compromisos tiene con otras ONGs? Porque, en definitiva, es muy feo que se emule lo peor del periodismo más amarillo y barato: el anonimato.


 Esta respuesta la firmamos: Julio Virgolini, Adrián Maloneay y Mariano Hugo Silvestroni. Esperamos que (sobre la base de la defensa de la libertad de expresión) sea publicada.


Por Mariano Silvestroni


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