ACIJ / Villas e Integración Urbana (novedades)

La Justicia porteña intimó al GCBA a resolver el riesgo eléctrico en la villa 21-24, e impuso una multa de $10.000 diarios al Jefe de Gobierno

A partir de un planteo de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) en el que se denunciaba el incumplimiento por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de la sentencia que ordena eliminar la situación de riesgo eléctrico en la Villa 21-24, el Juzgado de Feria N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario intimó al Gobierno porteño a que en 10 días dé cumplimiento a la sentencia definitiva, por lo que debe presentar un Proyecto Eléctrico Adecuado que ofrezca soluciones frente a las falencias y peligros del deficiente servicio eléctrico existente en la Villa 21/24. De acuerdo al fallo, este proyecto deberá estar elaborado según la Guía de Diseño de Redes Eléctricas de baja tensión para asentamientos poblaciones aprobada por el ENRE, y en base a los informes periciales existentes en la causa judicial.

Al mismo tiempo, el juez Gallardo impuso una multa de $10.000 diarios por cada día de retardo en cabeza del Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, y dispuso que si al vigésimo día hábil de notificada la resolución se mantuviera incumplida la sentencia, ésta podrá ser ejecutada por un tercero, a cuenta del Gobierno de la Ciudad.

En este aspecto, el juzgado declaró inconstitucional la Ley N° 6.021 -sancionada por la Legislatura de la Ciudad en octubre de 2018-, que dispuso que las sanciones conminatorias aplicadas a funcionarios estatales pueden ser apeladas con efecto suspensivo hasta que el tribunal de alzada resuelva. Gracias a ello, entendiendo que la modificación dificulta el acceso a la justicia por cuanto le quita herramientas al Poder Judicial y a las partes para hacer cumplir sus sentencias, quedó establecido que la multa comenzaría a correr desde el incumplimiento, sin perjuicio de los recursos que pueda interponer la parte condenada.

ACIJ y un grupo de representantes barriales -patrocinados por la Defensoría CAyT nº 2 de la Ciudad- denunciaron oportunamente que la información brindada no constituía un Proyecto Eléctrico Adecuado que pudiera solucionar integralmente las falencias estructurales en el servicio eléctrico que se presta en la Villa 21-24, sino que se limitaba a proponer una serie de acciones puntuales de contingencia en plazos poco claros.

El juez, en consonancia con lo denunciado, entendió que la documentación presentada por el gobierno es vaga e insuficiente para dar acabada solución al problema, en tanto no identifica en cuáles hogares se ejecutarán las obras, no se establecen prioridades, no se prevé un plan serio de contingencias, no se precisan qué tipo de tareas se realizarán, sus plazos de comienzo y de ejecución, ni se dice nada sobre la previsión presupuestaria necesaria. Por todo ello, sostiene que no es una solución contemplativa de todo el colectivo involucrado, que establezca y exprese concretamente las acciones necesarias a llevar a cabo de modo general.

En definitiva, el juez entiende que el Gobierno porteño incumplió con lo ordenado judicialmente, afirmando que: “teniendo en cuenta la gravísima problemática que campea esta causa, luego de casi una década de iniciada, de ocho años de vigencia de la medida cautelar y de contar con sentencia definitiva de condena cuyo plazo de cumplimiento ha perimido, nada sustancial ha hecho el Gobierno local para sanear estructuralmente las deficiencias de la red del servicio eléctrico en la villa 21-24”.

Quienes habitan en villas tienen derecho a contar con un servicio eléctrico adecuado, que no ponga en riesgo sus vidas, su integridad física ni sus bienes. Esta decisión judicial se presenta como una nueva oportunidad para que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires revierta de una vez la situación de grave vulneración de derechos que afecta a las personas residentes de la Villa 21/24, que viene arrastrándose desde hace más de una década debido a la omisión estatal.