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La investigación de la corrupción debe ser respetuosa del debido proceso

ACIJ advierte acerca de los problemas estructurales de la Justicia Federal en la investigación de la corrupción y manifiesta su preocupación respecto al uso de la prisión preventiva En los últimos meses se dieron a conocer múltiples decisiones judiciales en causas que investigan a ex-funcionarios de gobierno, en las cuales la justicia decidió procesar con prisión preventiva a las personas imputadas, incluyendo a la ex Presidenta, al ex Vicepresidente y a otros altos funcionarios del anterior gobierno.   Consideramos necesario advertir que la prisión preventiva no puede funcionar como una pena anticipada. La utilización de esta herramienta debe ser excepcional y de carácter restrictivo, ya que en los procesos penales rige el principio de inocencia, establecido por nuestra Constitución en su art. 18. Sólo se justifica en aquellos casos donde existe un peligro real y concreto de que las personas investigadas huyan o entorpezcan la investigación y siempre que las medidas alternativas a la prisión fueren ineficaces para asegurar los objetivos del procedimiento penal. Este peligro real de fuga o entorpecimiento de la investigación penal debe evaluarse según criterios objetivos y según la conducta de la persona imputada dentro del proceso penal y no según las calidades personales que revista, como su cargo, su status económico o sus relaciones. El dictado de prisiones preventivas no constituye por sí mismo un progreso en la investigación a ex-funcionarios, en tanto no indica haber alcanzado elementos suficientes para demostrar la responsabilidad penal de aquellas personas investigadas, sino que sólo tiene por objetivo asegurar que la investigación pueda realizarse y, eventualmente, hacer cumplir la pena en caso de corresponder. Por otra parte, en el marco del debate actual sobre la investigación penal de la corrupción, es necesario advertir que las causas que hoy avanzan contra ex-funcionarios se encuentran en manos de los mismos jueces que durante muchos años no investigaron o demoraron el desarrollo de las investigaciones. Un relevamiento realizado por ACIJ sobre causas penales en la Justicia Federal que involucran a funcionarios públicos que ejercieron su cargo entre 1995 y 2016, revela que en la abrumadora mayoría de los casos (91%) en que se dictó procesamientos o condenas, éstas tuvieron lugar sólo cuando la persona en cuestión dejó el cargo. El fenómeno es preocupante y evidencia un grave problema de falta de independencia judicial. El sistema de rendición de cuentas ante el Consejo de la Magistratura de la Nación revela problemas estructurales. El manejo discrecional de los tiempos y etapas de la tramitación de los casos disciplinarios permite condicionar el accionar de las y los jueces investigados, manteniendo abiertas las denuncias que pesan sobre ellos – por más infundadas que sean– o frenando el avance de las pesquisas –por más fundadas que sean– con el fin de brindar protección. En este sentido, sostuvimos en numerosas ocasiones que la falta de transparencia del proceso penal y la ausencia de mecanismos de control eficaces respecto de la actividad de jueces y fiscales facilita la toma de decisiones arbitrarias, y por ende, impide sancionar la corrupción en forma oportuna. Para lograr un real avance en las causas que investigan a funcionarios y ex-funcionarios, es necesario implementar las medidas necesarias para transformar el sistema de justicia. Entre ellas, se debe: implementar la Reforma Procesal Penal para avanzar hacia un sistema acusatorio que asegure las garantías del debido proceso, facilite el desarrollo de investigaciones en un plazo razonable y transparente el funcionamiento de la Justicia frente a la ciudadanía; reformar el sistema de concursos para que la selección de magistrados esté basada en criterios de idoneidad y evite la actual discrecionalidad política; establecer criterios objetivos y procedimientos transparentes para la rendición de cuentas de los jueces y para la aplicación de sanciones disciplinarias; realizar auditorias regulares, objetivas, imparciales y públicas sobre el funcionamiento de los juzgados; y promover la aplicación efectiva de la ley de acceso a la información pública en el Poder Judicial. Avanzar en esa dirección es indispensable para lograr una institucionalidad respetuosa de la verdad y la justicia, y brindar a la ciudadanía las respuestas que ésta demanda.