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Garantizar la educación inicial (La Nación)

En la ciudad autónoma de Buenos Aires, 6047 niños no tuvieron este año acceso a la educación inicial por falta de vacantes. Esa realidad motivó que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) presentara un recurso de amparo ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 3 de esta capital, cuyo juez, Guillermo Fabio Tracy, dictó un fallo ejemplar, que tendrá una lógica resonancia.

En esencia, el juez ordenó al gobierno porteño que encuentre inmediata solución a un problema que afecta a criaturas que quedan privadas así, aunque sea temporalmente, de los beneficios de la educación. El fallo, además, concedió un plazo de treinta días a las autoridades de la ciudad para que brinden un informe detallado acerca de las obras en marcha para solucionar el problema, con indicación de su fecha de finalización.

Asimismo, dispuso un plazo de noventa días para que se presenten los proyectos de las nuevas obras requeridas por la población escolar y que habrán de concluir en el período que se cierra en 2010.

Por último, antes de que concluya el presente año deberá darse noticia de las medidas que se adoptarán para evitar que en el próximo ciclo lectivo se reiteren los problemas del actual.

Corresponde señalar que la flamante ley de educación nacional define la educación inicial como una unidad pedagógica que abarca a la infancia desde los 45 días hasta los cinco años, siendo obligatoria sólo a partir de los cinco años. La norma señala también que tanto el Estado nacional como cada una de las jurisdicciones tienen la obligación de universalizar los servicios educativos para la infancia de 4 años y reafirma la responsabilidad de las jurisdicciones de expandir los servicios del nivel inicial y “de asegurar el acceso y la permanencia con igualdad de oportunidades”, poniendo el acento en los sectores más necesitados de la población. Este principio básico de equidad educativa ha sido piedra basal de la argumentación judicial.

No puede menos que destacarse, por una parte, la oportunidad del amparo presentado por la ACIJ, lo cual ha significado un llamado de atención de efecto movilizador para el cumplimiento de una política pública.

Son conocidas las dificultades con que en el distrito porteño se topan muchos padres que no encuentran vacantes para sus hijos en la escuela pública cercana a su domicilio, hecho que los obliga a enviarlos a establecimientos educacionales alejados de su casa o a tener que oblar el costo de un instituto privado de enseñanza.

Por otro lado, es digna de encomio la sentencia del juez, ya que expresa vigorosamente la necesidad de que se cumpla una obligación constitucional, como es garantizar el derecho a la educación, por parte del gobierno de la ciudad, que había incurrido en falta.

El fallo encuentra un preciso final al indicar los pasos por seguir con el fin de asegurar que las carencias de este año no se repitan en el futuro.

La Nación