ACIJ / Prensa

Fallo por vacantes escolares

El juez en lo Contencioso Administrativo Roberto Andrés Gallardo le ordenó al gobierno porteño que provea el servicio de transporte escolar a niños de nivel primario que viven en la Villa 21-24, de Barracas, y no tienen vacantes en las escuelas de su barrio. Además, dispuso que el Ministerio de Educación de la Ciudad realice un relevamiento en ese barrio para saber cuántos chicos en edad de escolaridad primaria viven allí, cuántos de ellos concurren a establecimientos lejanos a su domicilio y que, en un plazo de diez días, presente al tribunal un proyecto que especifique “las medidas que se adoptarán para asegurar que en el ciclo lectivo 2012 y subsiguientes todos los niños en edad primaria puedan acceder a establecimientos dentro del ámbito de la Villa 21-24”. A principios de este año, el gobierno porteño se había comprometido ante el Tribunal Superior de Justicia a resolver el problema de vacantes de nivel inicial (jardín de infantes), en una demanda iniciada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

De acuerdo con el fallo, al que accedió Página/12, la medida se adoptó ante la demanda de tres madres de niños que habitan en la villa, patrocinadas por el defensor en Primera Instancia Ramiro Sánchez Correa y la defensora general adjunta, Graciela Christe, contra el Gobierno de la Ciudad y el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En la presentación, argumentan que ante la insuficiencia de vacantes en las escuelas de la zona, muchos chicos que habitan en la Villa 21-24 “son reasignados por el propio gobierno a otros establecimientos del mismo u otro distrito escolar”.

En la presentación se dice que la mayoría de los chicos reubicados concurren a escuelas situadas a más de 10 cuadras de sus domicilios, utilizando transporte público o escolar, “traslado que corre por cuenta de los padres”. Por esa razón, piden que el gobierno se haga cargo del transporte –como ocurre con los niños de nivel inicial– y que se encare la construcción de “dos nuevos edificios escolares en el ámbito del Distrito Nº 5 y en la zona de influencia de la Villa 21-24”. Asimismo, solicitan que se realice un censo para conocer el universo de familias con hijos menores de edad en escolaridad primaria, indicando si van a la escuela, a qué establecimiento concurren, la forma en que se trasladan hasta allí.

Al analizar el reclamo, el juez Gallardo analiza un informe del Ministerio de Educación en el que se detalla que en el ámbito de la Villa 21-24 “hay diez localizaciones educativas, de las cuales en cuatro se brinda educación primaria común y en una, educación secundaria”. A esas cuatro escuelas asisten 2150 chicos de los 9500 con escolaridad primaria que viven en la villa. También considera la declaración del supervisor del DE 5, quien “hace expresa la necesidad de construir dos nuevos edificios escolares en ese distrito”.

Gallardo resolvió hacer lugar a la medida cautelar y dispuso que en el término de diez días el Ministerio de Educación “provea de servicio de transporte escolar gratuito a todos los niños y niñas de la Villa 21-24 que deban trasladarse más de 10 cuadras de sus viviendas” para ir a la escuela; también ordena que elabore una campaña de difusión en la villa para que los vecinos conozcan la existencia del servicio.

Asimismo, dispone realizar el censo solicitado por las demandantes; pide que en un plazo de cinco días se envíen al tribunal las listas de niños y niñas que se encuentran en lista de espera para el ciclo lectivo 2011. Y ordena que en diez días se presente un proyecto que especifique “las medidas para asegurar que en el ciclo lectivo 2012 y subsiguientes, todos los niños en edad primaria puedan acceder a establecimientos dentro de la Villa 21-24”.

Página 12