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FALLO JUDICIAL POR DISCRIMINACION EN LA CIUDAD

La sentencia fue dictada el pasado 15 de marzo en el marco de una demanda de amparo colectivo antidistriminatorio iniciada en octubre pasado por ACIJ, que se basó en la inconstitucionalidad del tratamiento desigual brindado por el Gobierno a la población más desaventajada económicamente de la ciudad.

La campaña estatal “Cestos papeleros: son tuyos usalos, son de todos, cuidalos”, de la cual fueron excluidos los barrios de Villa Lugano, Villa Soldati, Mataderos y Villa Riachuelo (identificada como zona V) contempló la instalación de 38.000 cestos papeleros nuevos en la vía pública y una profusa actividad de difusión y concientización pública a través de afiches, carteles publicitarios, actividades en plazas públicas y avisos en medios de comunicación masiva, con el fin de mejorar el nivel de limpieza en la vía pública.

En concordancia con los fundamentos del amparo, el fallo establece que “la ausencia de la campaña de educación y colocación de cestos en la Zona V que administra, dirige y ejecuta un Ente que depende de la Ciudad, cuando al mismo tiempo dicha campaña se llevó a cabo en las restantes zonas de la Ciudad, configuran una conducta omisiva que es claramente discriminatoria de los vecinos que viven y/o desarrollan sus actividades en la zona sur de esta Ciudad”.