ACIJ / Prensa

“Es raro una sentencia absolviendo a todos”

Por Ailín Bullentini

La ACIJ es una asociación civil que siguió el caso de los sobornos desde el inicio. Una de sus abogadas analiza la sentencia y advierte sobre el “mensaje directo” hacia el juez Rafecas, quien estuvo a cargo de la instrucción.

El fallo que emitió el Tribunal Oral Federal Nº3 sobre el presunto pago de sobornos durante el gobierno de la Alianza a senadores justicialistas para alcanzar la aprobación de la Reforma Laboral es “llamativo”, definieron desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). La sorpresa provocada no fue precisamente grata. Es que los integrantes de esa organización de la sociedad civil, que realizó un detallado seguimiento de la causa desde sus inicios, no logran comprender cómo la sentencia de los jueces Guillermo Gordo, Miguel Pons y Fernando Ramírez resultó lo opuesto a lo concluido por la Justicia en la etapa de instrucción, luego ratificada por la Cámara. “Es, cuanto menos, raro que hoy tengamos una sentencia que absolvió a todos los imputados encontrados culpables por dos instancias judiciales previas. En instrucción, y nosotros creemos que también la hubo en el proceso oral, hubo indicios suficientes para probar lo enjuiciado, para determinar los hechos que se imputaban a ex funcionarios del Poder Ejecutivo y legisladores. Lo llamativo es que el tribunal oral afirma que para ellos ni existió una coima”, consideró María Victoria Gamma, integrante del área de Acción Ciudadana y Lucha contra la Corrupción de ACIJ. En diálogo con Página/12, la abogada también advierte sobre el pedido del TOF 3 de que se investigue la actuación de Daniel Rafecas, juez de Instrucción de la causa. “Es un mensaje bastante directo a un juez que ya había tenido algunos conflictos en causas del estilo de la de las coimas en el Senado, y crea cierto resquemor a tratar de investigar estos hechos: el que investiga podría convertirse en investigado”, afirma.

Bautizada en los medios como la de “las coimas en el Senado”, no es la primera causa que la ACIJ “sigue” de cerca. “Entendemos que son causas de difícil acceso a la sociedad, por lo que las traducimos a una realidad cotidiana, transformamos ese léxico difícil y cerrado de los procesos judiciales para que puedan comprenderlo todos. Si hay cuestiones que nos producen cierto rechazo, lo decimos; si encontramos irregularidades tratamos de denunciarlas. No tenemos posibilidad de interceder en las causas, jamás nos dejaron ser querellantes más allá de que existen tratados internacionales que establecen que la sociedad civil puede ser parte de estas causas”, comentó Gamma.

Encuentran, no obstante, particularmente importante al caso de los sobornos por la reforma laboral. Primero, porque los procesados estaban acusados de un delito que presuntamente cometieron en ejercicio de sus cargos en los poderes Ejecutivo y Legislativo. El ex presidente Fernando De la Rúa, los ex titulares de la Secretaría de Inteligencia del Estado, Fernando De Santibañes, y del ministerio de Trabajo, Alberto Flamarique, los ex senadores justicialistas Augusto Alasino, Alberto Tell, Remo Costanzo y Ricardo Branda, y el ex secretario parlamentario del Senado y “arrepentido” Mario Pontaquarto. Segundo, porque el hecho en sí reveló las maniobras políticas que se entretejieron en torno de las negociaciones de una ley pedida por organismos internacionales a cambio de financiamiento. “Fue y es un caso sustancial y fundamental para la sociedad”, sentenció la abogada.

–¿Cómo evalúan el desarrollo del juicio?

–En un nivel general de análisis, vimos que el juicio se alargó demasiado, como si se estuviera apostando a que la causa cayera en el olvido de la ciudadanía, lo cual genera daños. Es un caso sumamente trascendente en la vida democrática de la Argentina. Que caiga en el olvido provoca, por un lado, que los acusados no cuenten con una condena social. Por otro, puede llegar a exonerar a los jueces que llevaron el juicio oral y que los absolvieron. En cuanto al fallo, la cuestión es más compleja. Estuvimos atentos a la causa desde casi sus primeros pasos. La instrucción de Rafecas la seguimos completa y durante toda ella no tuvimos mayores críticas a la causa, que avanzaba bien teniendo en cuenta los plazos que atañen a estos casos. En esa etapa hubo mucha prueba elaborada que fue en su mayoría confirmada por la Cámara de Apelaciones, a la que llegó luego de que varios procesados cuestionaran su situación. Es, cuanto menos, raro que hoy tengamos una sentencia, aún no definitiva, que absolvió a todos los imputados encontrados culpables por dos instancias judiciales previas. En instrucción, y nosotros creemos que también la hubo en el proceso oral, hubo indicios suficientes para probar lo enjuiciado, para determinar que los hechos que se imputaban a ex funcionarios del Poder Ejecutivo de entonces tuvieron un sustento fáctico. Lo llamativo es que el tribunal oral afirma que para ellos no existió una coima. Incluso, en el resumen de los fundamentos que darán a conocer a fines de marzo próximo terminan pidiendo que el Consejo de la Magistratura investigue al juez de Instrucción. Eso, creemos, es un mensaje bastante directo a un juez que ya había tenido algunos conflictos en causas del estilo de la de las coimas en el Senado, y crea cierto resquemor a tratar de investigar estos hechos: el que investiga podría convertirse en investigado.

–¿Eran esperables las absoluciones? ¿Cree que es posible que ese desenlace se desprenda del desarrollo del juicio oral?

–Es difícil vislumbrar el puente entre A y B. Muy difícil sobre todo desde ACIJ, que no tenemos acceso real al expediente. Nosotros solo podemos hacer un barrido, una especie de reconocimiento de las fojas, pero no actuar. Llama la atención que haya un salto tan grande desde la Instrucción al proceso oral. Si ya había una confirmación de ciertos hechos por la Cámara de Apelaciones, cuesta entender que un nuevo tribunal escucha a más de 300 testigos y entiende que ninguno de ellos, ni la prueba aportada, puede corroborarlos.

–Además de las críticas a Rafecas, a quien directamente piden investigar, el resumen de los fundamentos le apunta a la fiscalía de instrucción (a cargo del fiscal Federico Delgado), a la fiscal del juicio Sabrina Namer y a la querella. ¿Qué opinan de esto?

–En ese resumen cuesta mucho localizar objetividad e imparcialidad, porque lo único que refleja es una crítica fuerte e insistente a las instancias acusadoras, entendiendo que no se probó ninguno de los dichos de (el ex secretario del Senado durante el gobierno de De la Rúa y arrepentido que difundió la historia tres años después, Mario) Pontaquarto. Es más, de alguna manera castiga al Estado ordenando a la querellante Oficina Anticorrupción el pago de los costos del juicio, una suerte de castigo por mal utilizar los recursos del Estado en una causa como ésta. Por otro lado, deslizan que la fiscalía acusó sin asidero. El rol de la fiscalía no implica la acusación siempre, sino la búsqueda de la verdad. Si entiende que no se sucedieron los hechos, no debería proseguir en el sentido que prosiguió en la instrucción ni en el juicio oral. Lo llamativo es que, a pesar de esto, todos los acusados, de repente, terminaron absueltos.

–Allí, los jueces dejan en claro que no es que no encontraron pruebas para certificar los hechos, sino que la prueba les indica que las coimas nunca sucedieron. ¿Como pueden existir lecturas tan diferentes de un mismo elemento?

–Principalmente, el tribunal oral desmerece completamente la manera investigativa de Rafecas, por entender que no es certera ni sumamente precisa. Uno de los elementos fundamentales de la instrucción, sino la piedra angular, es el trabajo que el juez realizó de localización de los acusados a partir de las llamadas telefónicas que realizaron en determinados momentos importantes de la historia de Pontaquarto. Así, por ejemplo, entendió probado que los participantes de la famosa reunión en la Casa Rosada, de la que habría participado De la Rúa, (el senador radical José) Genoud (se suicidó en 2008), el propio Pontaquarto y demás, para ultimar los detalles del pago de sobornos, a partir de que las llamadas telefónicas realizadas por ellos los ubicaban físicamente en la zona geográfica de la Casa de Gobierno aquel día a la hora señalada. Bueno, el tribunal rechazó esta prueba. Luego, se desquita con Pontaquarto y hace un detalle pormenorizado de las contradicciones en las que incurrió al contar la historia. Para los jueces del tribunal, esas contradicciones no pueden ser producto del olvido, a pesar de que transcurrieron 13 años del hecho. En ese sentido, nosotros abogamos por que los plazos de la Justicia se acorten, que exista una reforma del Código Procesal Penal que permita agilizar estas causas para que se resuelvan pronto. La sociedad necesita arribar a una conclusión, entender lo que fue el proceso y saber la verdad. Pero la agilidad también se traduce en más garantía para los acusados.

–Las críticas apuntan a lo producido durante la instrucción. ¿No se sumó prueba nueva?

–No, es cierto. El tribunal no pidió mayores pruebas ni acciones adicionales a lo solicitado por las acusaciones o las defensas. En este tipo de casos, no se suele dejar rastros, con lo cual la búsqueda de prueba directa es un objetivo casi imposible de concretar. En el mundo, me atrevería a decir, estos casos se trabajan con indicios por la propia maniobra conflictiva que los envuelve. En el caso de los sobornos pagados para la aprobación de la ley de reforma laboral, el curso del dinero nunca pudo ser encontrado. Por eso Rafecas rastreó los teléfonos de los participantes de la operación. Fue una idea creativa que el tribunal oral descartó.

Página 12

Medio: Página 12
Programa: Fortalecimiento de la democracia
Tema: Corrupción y captura del Estado
Estrategia: Litigio estratégico



Palabras clave: Sobornos.