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Coronavirus: Sobreprecios en alimentos

Las compras del Estado a precios superiores a los de mercado no sólo ponen en cuestión el accionar de alguna autoridad, sino sobre todo las falencias del actual sistema de contrataciones, que es ineficiente y fracasa en la prevención de conductas inadecuadas de los y las funcionarias.

Si bien la emergencia justifica adaptaciones orientadas a satisfacer una mayor cantidad de demandas sociales producto del contexto, debe a su vez garantizar que la publicidad, los controles y otras buenas prácticas sean reforzados.

El sistema de compras y contrataciones de bienes y servicios está regulado, principalmente, por el decreto 1023/2001. Es un régimen aprobado en otro contexto de emergencia, sin debate legislativo, y con numerosos problemas en la regulación de los mecanismos de compra.

A su vez, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó recientemente una regulación excepcional para compras de emergencia, que pueden hacerse a través de un llamado reducido a proveedores -a partir de los precios testigos que debe elaborar la SIGEN- y publicando la información con posterioridad.

Los sucesos vinculados a la contratación recientemente denunciada exhiben con crudeza algunos de los problemas estructurales que aquejan a nuestra actual normativa en materia de sistemas de compras. 

Para revertir algunas de las condiciones que lo posibilitaron, es fundamental:

  • Aumentar la concurrencia de oferentes en todos los procesos, garantizando la publicidad y la apertura de la convocatoria, aún en casos de urgencia. El Estado debería aprovechar su posición para comprar al precio más económico del mercado, y no al más caro.
  • Es necesario un sistema de precios testigos que mejore el que actualmente implementa la SIGEN. Debe ser útil y contar con la infraestructura necesaria para establecer precios adecuados -a pesar del contexto inflacionario- respecto de los bienes y servicios que el Estado requiere.
  • Además, la publicación de información sobre las compras debe hacerse en tiempo real, promoviendo el control por parte de otros proveedores y de la ciudadanía. La transparencia colabora para detectar a tiempo estas situaciones, sin por ello demorar compras de extrema necesidad.
  • Finalmente, la existencia de una política estatal de precios máximos, así como de acuerdos de precios, debería constituirse en un límite político para que los y las funcionarias acepten ofertas que impliquen costos adicionales a los allí establecidos, en perjuicio del erario público.

Luego de la pandemia debemos discutir una ley de contrataciones públicas que subsane los problemas del sistema actual y garantice estándares adecuados de transparencia, rendición de cuentas y prevención de corrupción, tanto para tiempos de normalidad como durante las emergencias.

En el “Acuerdo Social Anticorrupción”, un conjunto de organizaciones y especialistas detallamos el contenido que debería contener una nueva ley de compras y contrataciones que garantice mayor eficiencia, transparencia y participación.