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Alquileres: denunciamos el incumplimiento de la orden judicial que protege a inquilinos por comisiones ilegales

A partir del reciente fallo judicial que prohíbe a las inmobiliarias de la Ciudad de Buenos Aires cobrar más del 4,15% del total del contrato en los alquileres de vivienda única, se han detectado numerosos incumplimientos y estrategias elusivas ilegales por parte de inmobiliarias, así como la generalizada falta de control por parte del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA) sobre el cumplimiento de dicha obligación.

En virtud de ello, ponemos a conocimiento de la ciudadanía que hemos denunciado, ante el Juzgado N° 17 CAYT de la Ciudad, la violación de la medida cautelar que se resolvió en el marco de la acción de amparo “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia c. CUCICBA s. Amparo” –iniciada por ACIJ e Inquilinos Agrupados-, tendiente a asegurar el efectivo cumplimiento de los derechos de los inquilinos que surgen específicamente de los arts. 11 inc. 2 y 57 de la Ley 2.340.

El 6 de mayo pasado, el juez Marcelo Segón resolvió suspender la Res. 350/2016 dictada por CUCICBA -que legitimaba el cobro de más del 4,15% como comisión inmobiliaria del total del contrato, contrariamente a lo que prevé la Ley 2340 en sus art. 11 inc. 2 y 57-. Entre otras consideraciones, el juez sostuvo: “considero que la presente medida no afecta el interés público, sino que la protege atento la importancia del derecho al acceso a la vivienda digna a cuyo acceso se ven dificultados los inquilinos de la Ciudad de Buenos Aires debido al cobro de comisiones que exceden lo permitido por la Ley N° 2340”. La suspensión de la Res. 350/2016implica que los corredores inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires no pueden cobrar más del 4,15% del total del contrato en concepto de comisiones u honorarios.

Pese a la medida judicial, numerosos corredores inmobiliarios de la Ciudad continuaron con dicha práctica ilegal, o bien han implementado estrategias elusivas que les permitan realizar cobros superiores al máximo legal autorizado -como el cobro desproporcionado de supuestos gastos, honorarios adicionales, etc.-. A su vez, CUCICBA ha omitido cumplir con su obligación de control adecuado hacia sus matriculados para evitar estas prácticas. Por  ello, se ha solicitado la aplicación de multas por incumplimiento a dicho organismo.

Esta grave situación, que afecta a más de un tercio de la población de la Ciudad, es factible también gracias a la ausencia de conocimiento claro de sus derechos por parte de gran parte de los actuales o potenciales inquilinos, y del público en general. Por ello, se ha solicitado además la ampliación de las medidas de difusión de la decisión cautelar, a fin de asegurar un conocimiento acabado por parte de la población potencialmente afectada.

Desde ACIJ llamamos la atención sobre la necesidad de discutir un nuevo marco normativo para las locaciones urbanas que restituya condiciones de igualdad entre las partes de este tipo de contratos, para lo que se requieren medidas de protección especial hacia los inquilinos. Mientras tanto, es imprescindible exigir que las normas protectorias que ya existen (como el tope de un mes de comisión establecido por la Ley 2.340), comiencen a cumplirse.