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AFIP reglamentó el procedimiento de las declaraciones juradas para funcionarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la el procedimiento de las Declaraciones Juradas para funcionarios, norma que integra el paquete de reforma judicial que fue aprobado por el Congreso.  En el Boletín Oficial de este miércoles se publicó la resolución 3511/13 de la AFIP que establece que los funcionarios deberán presentar el detalle de sus fondos cuando asuman la función y anualmente mientras desempeñen el cargo. Los formularios de declaración jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales deberán ser cargados en el sitio web de la AFIP. El artículo 3 de la norma señala que “los sujetos obligados deberán presentar la Declaración Jurada Patrimonial Integral al inicio de la función y anualmente, mientras desempeñen el cargo”. “En el caso de los candidatos a cargos electivos dicha presentación se realizará una vez cumplido el procedimiento previsto en el CAPITULO VII de la Ley Nº 26.571 y sus modificatorias. La persona que deje un cargo público o pierda su condición de candidato a un cargo electivo permanecerá obligada a presentar la “Declaración Jurada Patrimonial Integral” correspondiente al año en el que aconteció ese evento”, agrega. En tanto, el artículo 4 establece: “En el supuesto de cónyuges o convivientes y demás integrantes del mismo grupo familiar, si resultan ser funcionarios públicos o candidatos a cargos electivos, la obligación de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, deberá ser cumplida por cada uno de ellos en forma independiente”. El lunes, el Gobierno reglamentó la nueva ley que establece el carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios públicos, que entre otras cuestiones dispone que estas presentaciones se unificarán a aquellas que se presentan ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Mediante el nuevo régimen, la AFIP se encargará de remitir las declaraciones juradas de funcionarios a la Oficina Anticorrupción para su posterior publicación en Internet. La medida entró en vigencia a través del decreto 895/2013 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que lleva la firma de la Presidenta, del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y de los ministros de Economía, Hernán Lorenzino, y de Justicia, Julio Alak. La ley dispone que las declaraciones juradas públicas serán iguales a aquellas que con fines impositivos se presentan ante la AFIP, “implicando ello la unificación de las mismas a efectos de cumplir con ambos regímenes legales, dotando de mayor congruencia al sistema y optimizando la calidad y certeza de la información”. Otra novedad radica en la supresión de la Comisión Nacional de Ética Pública, que se encontraba sin conformarse luego de 14 años de su creación, estableciéndose así la obligatoriedad de la publicación en Internet de las declaraciones juradas para facilitar un mejor control social del desempeño de los funcionarios públicos. En la reglamentación se dispone que la Oficina Anticorrupción en el caso del Poder Ejecutivo, y las dependencias que determinen los Poderes Legislativo y Judicial, respectivamente, remitirán a la AFIP el listado de las personas incluidas en el artículo 5° de la Ley Nº 25.188 y sus modificatorias (funcionarios públicos). Para el caso de los candidatos a ejercer cargos públicos electivos nacionales, la AFIP deberá requerir a la Cámara Nacional Electoral el listado de los candidatos oficializados. En tanto, la Oficina Anticorrupción publicará el listado de las personas obligadas que no hayan presentado las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales. Por su parte, el diputado nacional de la UCR Manuel Garrido aseguró que la nueva norma es “un grave retroceso en la transparencia de los actos de gobierno, y nos hace bajar varios peldaños en la lucha contra la corrupción”. En un comunicado, Garrido argumentó que “al no incorporar los detalles del patrimonio del cónyuge o conviviente, no se podrá evaluar el incremento del patrimonio familiar”, ya que “no será necesario incluir el detalle de lo que forman los activos patrimoniales”. “Ahora los funcionarios van a tener más posibilidades de ocultar su patrimonio y sus negocios personales. Este proyecto es un Caballo de Troya, porque le ponen nombre de transparencia, democratización y publicidad a un sistema que en la realidad va a recortar la publicidad del patrimonio de los funcionarios”, lamentó. Por su parte, en la misma línea, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) advirtió que “lamentablemente, a través de esta reglamentación restringió considerablemente el nivel de información disponible que permite controlar el patrimonio de los funcionarios obligados”. “La nueva reglamentación tampoco prevé la inclusión de información sobre empleos anteriores, la cual resulta fundamental para evaluar posibles incompatibilidades y/o conflictos de interés”, se quejó la entidad

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