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ACIJ solicitó que se permita la difusión en directo del proceso que se le realiza a Campagnoli

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) solicitó al Jurado de Enjuiciamiento que modifique el criterio establecido a fines del mes pasado, según el cual se restringirá la difusión de las filmaciones hasta después del proceso.

El 11 de junio ACIJ envió una nota dirigida al Presidente del Jurado de Enjuiciamiento encargado del proceso iniciado para la remoción de José María Campagnoli, en la cual solicitó se permita la filmación y difusión en directo de la etapa de alegatos y la lectura de la sentencia a la que arribe el tribunal.

Tras analizar los fundamentos expuestos por el Tribunal de Enjuiciamiento para limitar la reproducción en simultáneo, ACIJ expresó que dicha limitación es irrazonable y contraria a derecho.

En la nota se explica que la ley 24.946 que regula al Tribunal de Enjuiciamiento establece que el “el juicio será oral, público, contradictorio y continuo”. A su vez, el Reglamento Procesal del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación reglamenta la publicidad del proceso estableciendo que sólo excepcionalmente -y mediante resolución fundada- se podrá restringir esta publicidad: “Todas las audiencias serán orales y públicas.”

Por otra parte, tanto en diversos tratados internacionales como la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos han afirmado que el derecho de acceso a la información es un derecho humano.

En la resolución el Tribunal afirmó que esta limitación a la difusión en directo se realizó para “evitar que se trastoque la naturaleza institucional del acto”. En la nota, ACIJ expresó que la negación de la difusión en directo como medio para proteger la naturaleza del acto es contrario al fin perseguido, pues la publicidad es un componente elemental de la naturaleza institucional del acto, y así lo disponen las leyes y tratados internacionales aplicables al caso.

Por último se destacó la importancia de que se avance en mejorar los mecanismos de publicidad de procesos de gran relevancia institucional. En este sentido se explicó que en 2009 ACIJ y otras organizaciones hicieron presentaciones ante la Corte Suprema en las que reclamaron por la difusión en directo de los juicios de lesa humanidad. Por eso también se remarcó que “el precedente que se sentaría de no permitirse la reproducción simultánea sería, indudablemente, más perjudicial que cualquier perjuicio potencial que pudiera ocurrir en el marco de la difusión, que como ya se ha dicho, es un derecho humano de la población, volviendo -en última instancia- claramente desproporcionado el medio elegido para el mencionado fin”.

Nota dirigida al Presidente del Jurado de Enjuiciamiento

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