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Carta Pública a los candidatos a Defensor del Pueblo de la Nación

Enviamos, junto a otras Organizaciones de la Sociedad Civil, una carta pública a los candidatos a la Defensoría del Pueblo de la Nación Humberto Roggero, Jorge Emilio Sarghini y Alejandro Amor. Para que el/la próximo/a Defensor/a sea idóneo, independiente y de amplia trayectoria en la defensa de los derechos, el procedimiento debe cumplir con los estándares mínimos de transparencia y participación ciudadana requeridos internacionalmente en la materia. Por ende, entendemos que si los candidatos convalidaran este modo de ser designados, traicionarían desde antes de asumir el mandato que pretenden ejercer. Compartimos el texto de la carta pública enviada a los candidatos a la Defensoría del Pueblo de la Nación:  

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2017

 

Carta Pública a los candidatos a Defensor del Pueblo de la Nación

Sres. Humberto Roggero, Jorge Emilio Sarghini y Alejandro Amor

De nuestra consideración:

Las organizaciones firmantes nos dirigimos a ustedes con el fin de poner en su conocimiento nuestras objeciones a la prosecución del procedimiento de designación del titular de la Defensoría del Pueblo de la Nación, en virtud de haberse vulnerado el derecho a la participación ciudadana. Asimismo, y por las razones que a continuación exponemos, les solicitamos que declinen la postulación realizada por la Comisión Bicameral, hasta tanto se realice un procedimiento amplio, transparente y participativo.

Como sostuvimos en numerosas ocasiones, el Defensor del Pueblo es un actor fundamental en nuestro sistema de defensa de los derechos humanos, el control de los actos de gobierno, y como canal de comunicación entre el Estado y la sociedad.

Este rol trascendental que le reconoce la Constitución exige que el titular sea una persona con idoneidad técnica y moral, independencia y proactividad (demostrada con la trayectoria) en la defensa de derechos. Por ello, es necesario establecer un procedimiento participativo, abierto y transparente para que quien resulte seleccionada/o sea el/la mejor candidato/a posible. Sobre este punto, las organizaciones firmantes enviamos en diversas oportunidades al Congreso una propuesta con recomendaciones para reglamentar un procedimiento participativo, que hasta la fecha no fue escuchada.

La necesidad de establecer un procedimiento participativo no solamente se funda en el derecho de la ciudadanía de peticionar a las autoridades y de participar en la vida política, sino que tiene especial sentido por sus efectos positivos respecto a la calidad e imparcialidad de la decisión final -y, con ello, respecto del futuro funcionamiento de la institución-. La falta de reglamentación de este proceso no es óbice para negar su cumplimiento.

Asimismo, resulta preocupante que la totalidad de los integrantes de la terna esté compuesta por varones, por lo que de no modificarse este criterio se bloquearía por completo la posibilidad de que el Congreso tenga también la opción de elegir a una mujer para ocupar el cargo.

En este sentido, si ustedes como candidatos aceptan ser designados de este modo, estarían convalidando que decisiones políticas de esta envergadura se adopten sin escuchar al pueblo, y con ello, traicionando desde antes de asumir el mandato que pretenden ejercer.

Finalmente, los propios estándares internacionales -que el eventual Defensor del Pueblo debería seguir- establecen en forma clara la necesidad de que las/os titulares de estas agencias sean elegidas/os mediante procedimientos participativos. En este sentido, los “Principios de París” sostienen claramente que “[…]el nombramiento de [los] miembros [de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos], por vía de elección o de otro modo, deberán ajustarse a un procedimiento que ofrezca todas las garantías necesarias para asegurar la representación pluralista de las fuerzas sociales (de la sociedad civil) interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos[…]”. Asimismo, el International Ombudsman Institute sostiene que el proceso de selección debe ser abierto, con amplia publicidad de los antecedentes de las/os candidatas/os, observando los principios de igualdad, y que la selección debe realizarse en función de la evaluación objetiva de las competencias requeridas.

Por todo lo expuesto, creemos que un candidato a ocupar la Defensoría del Pueblo que permita ser elegido mediante un procedimiento que excluye a la ciudadanía, no está cumpliendo con el criterio de idoneidad que el cargo exige, y difícilmente puede sostenerse que posee un férreo compromiso con los Derechos Humanos.

Por ello, les solicitamos que nos acompañen exigiendo un procedimiento participativo, y rechazando ser elegidos mediante el mecanismo escogido por la Comisión Bicameral.

Esperando un pronto pronunciamiento público de su parte en dicho sentido, los saludamos atentamente.

 

Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)

Asociación por los Derechos Civiles  (ADC)

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

Fundación Directorio Legislativo

Fundación Poder Ciudadano

Asociación Aldeas Infantiles SOS Argentina

Asociación Civil Capibara

Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos

Asociación Pensamiento Penal

Banco de Bosques

Cascos Verdes

Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS)

Colectivo para la Diversidad (COPADI)

Cooperativa Las Charapas

Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF)

Consumidores Libres

Convocatoria Federal Trans y Travesti de Argentina

Diverses TLGBI

Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)

Frente TLGBI

Foro de Periodismo Argentino (FOPEA)

Fundación Ciudad

Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM)

Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS)

Fundación Huésped

Fundación Interamericana del Corazón (FIC)

Fundación Metropolitana

Fundación SUR

Fundación Transparencia

Fundación Vía Libre

Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)

Laboratorio de Políticas Públicas

Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto

Ni una menos

OTRANS Argentina

Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI)

Salta Transparente

TECHO

– La carta puede descargarse aquí