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LA JUSTICIA CONDENÓ A TELEFÓNICA A BRINDAR INFORMACIÓN PÚBLICA

El fallo, fechado el 14 de agosto pasado, rechazó el argumento principal de la empresa Telefónica al sostener que la inconstitucionalidad del decreto 1172/2003 no puede ser admitida. Telefónica había considerado que el régimen de acceso a la información pública no era aplicable a empresas privadas.
Sin embargo, el juez estableció que la empresa “actúa dentro en el marco de una autorización especial otorgada por el Poder Ejecutivo para la prestación de un servicio público”. En consecuencia, “se considera razonablemente regulado el derecho de los particulares a ser informados”.
ACIJ había solicitado información referente al trámite de pedidos de líneas telefónicas realizadas por los vecinos de la Villa de Bajo Flores en marzo pasado. Tras la decisión judicial, Telefónica deberá responder el pedido de información en el plazo de 10 días.
“Este fallo sienta un precedente de suma importancia ya que implica un avance fundamental en materia de acceso a la información pública, en tanto obliga a un sujeto privado a brindar información que tiene bajo su poder y que debe ser accesible a la ciudadanía”, afirmó Carolina del Campo, abogada de ACIJ.