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Informe: Transparencia y análisis presupuestario de las políticas de salud mental con enfoque de derechos

A 10 años de la sanción de la Ley 448 de Salud Mental de la Ciudad, y a 5 años de vigencia dela Ley Nacional de Salud Mental, la Ciudad de Buenos Aires no realizó avances significativos en los derechos de las personas usuarias de servicios de salud mental. Casi el 80% del presupuesto para salud mental se orienta a reforzar el sistema manicomial, contrario a las directrices de la ley nacional, la Constitución de la Ciudad y la Constitución Nacional. La distribución es semejante en los últimos 5 años. En este contexto, la ACIJ presenta el informe de análisis presupuestario y políticas públicas en salud mental de la Ciudad, periíodo 2010-2015.

La Ley Nacional de Salud Mental 26.657, del 2010, ordena que las internaciones de salud mental se realicen en hospitales generales. Además, prohíbe la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. Los que ya existen deben ser sustituidos por dispositivos comunitarios. El Estado está obligado a alcanzar esas metas para el 2020 y es por ello que deben reflejarse en el presupuesto estatal.

Sin embargo, este año la Ciudad destinó menos del 1% de las partidas de salud mental a servicios en hospitales generales. Por otro lado, el porcentaje destinado a las internaciones en monovalentes aumentó entre 2013 y 2015,lo que constituye un claro retroceso en materia de salud mental, contrario a normas de suprema jerarquía. A todo esto, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su monitoreo sobre Argentina en 2012,  instó al Estado a implementar de manera efectiva las estrategias de desinstitucionalización adoptadas en la Ley Nacional, así como a desarrollar e implementar planes de salud mental basados en el modelo de derechos humanos.

El Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de proveer servicios de salud mental en dispositivos comunitarios intermedios, y a garantizar la alternativa terapéutica que menos restrinja derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria. La atención debe ser preferentemente fuera del ámbito hospitalario, accesible y dentro del sistema público. Pero estos deberes son incumplidos, ya que no se asignan recursos suficientes para asegurar la atención en la comunidad. Por el contrario, la asignación de fondos prioriza la internación dentro de establecimientos que desconocen derechos básicos. Por ejemplo, cada cama en el Borda, en 2015, le cuesta al Gobierno de la Ciudad $202.247, lo que permite estimar un costo mensual de $16.853,98 por cama.

Además, no existe información completa y desagregada que dé cuenta con exactitud cuántos recursos se destinan a proveer dispositivos intermedios de salud mental respetuosos de los derechos humanos de los usuarios, y en qué medida se ejecutan. Lo que se destina a programas de externación, dentro del Ministerio de Desarrollo Social de la Ciudad, no alcanza al 1% de los recursos destinados a salud mental. La Dirección de Salud Mental tampoco da respuesta a pedidos de información sobre la existencia y número de dispositivos intermedios.

Estos datos revelan que la Ciudad no presenta políticas de salud ni planes que den cuenta de algún avance que busque garantizar los derechos fundamentales de las personas usuarias de servicios de salud mental.  El presupuesto debe ser redistribuido y reorientado hacia políticas públicas tendientes a la sustitución de hospitales monovalentes por servicios de salud mental que garanticen la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria.

Transparencia y análisis presupuestario de las políticas de salud mental con enfoque de derechos