ACIJ / PROGRAMAS

El juez Freiler debe ser enjuiciado, pero la maniobra utilizada lesiona el Estado de Derecho

El Consejo de la Magistratura de la Nación decidió suspender por 180 días al juez Eduardo Rodolfo Freiler y abrir el jurado de enjuiciamiento, a fin de determinar si corresponde su apartamiento del cargo por comportamientos irregulares que constituirían mal desempeño. Existen suficientes elementos probatorios que justifican la apertura del procedimiento de remoción. Sin embargo, la irregularidad de la maniobra llevada a cabo por la mayoría del Plenario del Consejo de la Magistratura pone en jaque la legalidad del procedimiento.   La decisión del Plenario del Consejo de la Magistratura se dio en el marco de un proceso disciplinario en el cual se investiga al juez de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal Eduardo Freiler por comportamientos irregulares que constituirían mal desempeño. Entre los cargos, se encuentra el incremento patrimonial desproporcionado y un conjunto de gastos y erogaciones que no guardarían correlación con los ingresos y disponibilidades declaradas por el juez. Sin embargo, la suspensión del juez y la apertura del jurado de enjuiciamiento se realizó mediante una maniobra irregular, pues se valió de una vacancia momentánea para formar una mayoría calificada de dos tercios de los miembros presentes exigida por la ley para aprobar la medida. La situación de vacancia tuvo lugar en razón de que uno de los Consejeros, el Senador Ruperto Godoy, fue apartado por un fallo judicial que sostuvo su falta de idoneidad para el cargo por no poseer el título de abogado (requisito no exigido por la ley ni por la Constitución). La remoción se produjo un día previo al Plenario en el que se preveía tratar la apertura del proceso disciplinario. La presidenta del Consejo solicitó al Presidente de la Corte Suprema que tomara juramento al Senador Mario Pais -nombrado suplente por el bloque del Frente Para la Victoria en el Senado-. Sin embargo, la jura no se produjo sino hasta finalizada la sesión y dicha demora fue aprovechada en el Plenario del Consejo para abrir el procedimiento de remoción mediante una mayoría artificial. El Consejo de la Magistratura adoptó una decisión de suma trascendencia de manera irregular, pues en la práctica alteró las mayorías del cuerpo al vedar la posibilidad de participar de ella a uno de sus miembros, que había sido nombrado y que no podía ejercer su cargo debido a que se retrasó por unas horas su acto de jura. Los miembros del Consejo no ofrecieron razones que justificaran la necesidad de adoptar una decisión de semejante envergadura de manera urgente y previo a que el nuevo Consejero tomara posesión del cargo. Siendo el Consejero un Senador de la Nación, y por tanto, representante de la ciudadanía, impedir su participación en dicha decisión implica soslayar la voluntad popular que él representa. En un Estado de Derecho los organismos y funcionarios/as del Estado deben ajustar su accionar a la ley y la Constitución. La utilización de maniobras irregulares como la que señalamos, atenta gravemente contra principios fundamentales del debido proceso, constituyendo una amenaza al Estado de Derecho. En consecuencia, urgimos al Consejo de la Magistratura a anular la resolución en cuestión, y a avanzar en la apertura del procedimiento disciplinario contra el juez Freiler en un Plenario integrado regularmente.