ACIJ / Prensa

Educación y discapacidad

En La Nación

14.06.2015

La falta de información sobre la trayectoria escolar de niños y adolescentes con discapacidad y el estado actual de su integración al sistema educativo justifica fundadamente una demanda de diversas organizaciones que defienden sus derechos. En efecto, la Asociación por los Derechos Civiles, la Asociación por la Igualdad y la Justicia, la Asociación de Personas con Síndrome de Down de la República Argentina y la Red por el Derecho de las Personas con Discapacidades interpusieron un amparo colectivo contra el Ministerio de Educación de la Nación para que el Estado ordene a éste la provisión de la información básica necesaria en relación con la trayectoria educativa de los alumnos con discapacidad que concurren a escuelas públicas y especializadas. El reclamo responde al hecho de que la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa, encargada de dar a conocer esos datos, no ha suministrado información sobre cuestiones como deserción, abandono, repitencia y, también, sobre egresos y planes de estudio.

Ese organismo admitió su responsabilidad por carecer de esa información y la justificó en errores metodológicos. Al respecto, la demanda hace notar que la omisión en que incurrió viola el derecho a la igualdad y a la no discriminación educativa, por cuanto tal vacío informativo no permite analizar el nivel de cumplimiento de la obligación que asume el Estado con respecto a una cuestión trascendente, como la educación inclusiva. De ahí que la falta de datos afecta la implementación de las políticas que aseguren el cumplimiento de derechos, cuestión reconocida en la Convención de los Derechos de Personas con Discapacidad, en su artículo 24, que cuenta con jerarquía constitucional. Para una correcta comprensión del problema, hay que destacar que las escuelas especiales, dedicadas sólo a alumnos con discapacidad, funcionan en un ámbito separado de los establecimientos educativos comunes, públicos o privados, y esa segregación frustra la posibilidad que exige la educación inclusiva de lograr una concurrencia común de los alumnos, compartiendo la misma escuela. Conviene tener en cuenta que las últimas estadísticas oficiales de las que informó la cartera educativa en relación con los inscriptos en establecimientos especiales, en todos los niveles, públicos o privados, sumaban casi 100.000 menores de edad. Obviamente, la carencia de datos de éstos es un factor que los margina e impide promover las políticas adecuadas. La demanda de la que informamos, en consecuencia, está correctamente fundada. Sólo sobre la base de una adecuada información se puede dar curso a la deseada educación inclusiva en el sentido integrador que los organismos internacionales han reconocido y, con ello, ha quedado también señalada la obligación estatal de defender e integrar en la escuela común a los grupos vulnerables por su discapacidad, asumiendo los recaudos necesarios en materia de apoyo escolar.
La Nación