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Derecho a la información y participación para los vecinos de Villa Inflamable

Buenos Aires 21 de Noviembre de 2013 – La Justicia obligó al Municipio de Avellaneda a garantizar el derecho a la información y participación de los Vecinos de Villa Inflamable.

En marzo de 2012, ACIJ, junto a vecinos y vecinas de Villa Inflamable, promovió una acción de amparo colectivo contra la Municipalidad de Avellaneda y la Autoridad Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), para que se garantice el derecho a la información y a la participación de todos los habitantes en el proceso de relocalización de su barrio.

Este conflicto se enmarca en la causa “Mendoza”, en la cual en el año 2008 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenó -dentro de las medidas de saneamiento del río- relocalizar a las comunidades asentadas a las orillas del Riachuelo, debido a los riesgos que genera a su vida y salud, la contaminación de la zona. En este marco, el Juzgado Federal N°2 de Morón determinó que los derechos a la información y a la participación de los habitantes de Villa Inflamable no están siendo debidamente protegidos por las autoridades encargadas de su relocalización, tal como denunciaba el amparo iniciado por ACIJ.

Como consecuencia se ordenó lo siguiente:

En relación a la información, la Justicia determinó que el Municipio deberá asegurarse de que todos los interesados reciban la totalidad de la información relativa al proceso de relocalización. Para ello deberá generar un sistema de difusión que utilice medios impresos y digitales y a través de reuniones quincenales con funcionarios públicos.

En cuanto a la participación de los vecinos, se consideró que dada la magnitud del Plan de Saneamiento las exigencias de participación son mayores y no pueden ser obviadas como meras alegaciones formales. Por ello la Justicia obligó al Municipio a “implementar un sistema que le permita recibir ideas, propuestas o inquietudes de los vecinos, aún de manera informalizada (sic), para analizarlas con la suficiente seriedad y dar respuesta fundada acerca de su procedencia”.

En relación a la toma de decisiones, se le exige al Municipio que frente la toma de decisiones fundamentales relativas a la relocalización, “exhiba sus propuestas a los interesados y las someta a críticas, correcciones e incluso contrapropuestas, que permitan la toma de la mejor y más fundada determinación.

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