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Demandan al Ejecutivo por la designación de las autoridades del Enargas

ACIJ y Consumidores Libres interpusieron una acción judicial como consecuencia de las designaciones irregulares de los cinco miembros directivos del ENARGAS, tanto por no cumplir las normas legales y reglamentarias vigentes como por no reunir los requisitos de idoneidad dispuestos para acceder al cargo. La demanda se basa en la vulneración de derechos de los usuarios.

“El Poder Ejecutivo Nacional postergó la marcha del procedimiento abierto de selección, con la finalidad de promover nombramientos arbitrarios, que fueron justificados por la excepcionalidad de las circunstancias y el carácter transitorio de las designaciones”, estimó Verónica Tarzia, abogada de ACIJ.

Actualmente el Directorio del ENARGAS está integrado por el Presidente Fulvio Mario Madaro, el Primer Vocal Mario Rodolfo Vidal, el Segundo Vocal Carlos Alberto Abalo y el Tercer Vocal Ricardo Daniel Velasco. El cargo de Vicepresidente se encuentra vacante a partir de la renuncia de su titular, Hugo Daniel Muñoz.

Todos fueron designados por decretos que argumentaban la existencia de circunstancias excepcionales y disponían que la designación tenía validez hasta “que el Poder Ejecutivo Nacional proceda a designar a los profesionales que resulten elegidos en el proceso de selección que fuera convocado por la Secretaría de Energía…”. Sin embargo, tal como se señala en la demanda, a dos años y medio de la primera designación (el 17 de junio de 2003) los directores aún continúan en su cargo.

Esta situación irregular se mantiene a pesar de que la Secretaría de Energía cumplió con su parte de conducir un proceso de selección de profesionales con conocimientos y antecedentes suficientes y elevó el listado de postulantes elegibles. Posteriormente, se procedió a elegir a los candidatos que integran la selección final. No obstante, el trámite quedó paralizado a pesar de que el único acto pendiente estaba a cargo del Presidente de la Nación, Néstor Kirchner.

“Debe resaltarse que todos los directores actualmente en funciones fueron designados por Presidencia luego de que las etapas previas fueran cumplidas por la Secretaría de Energía”, remarcó Tarzia.

Sin control del Congreso ni idoneidad

La Ley 24076, que establece el marco regulatorio de la actividad gasífera, establece que previa a la designación y/o a la remoción de los miembros del Directorio el Poder Ejecutivo debe comunicar los fundamentos de tal decisión a una comisión del Congreso de la Nación, o en el caso de que la misma no esté constituida, a los presidentes de ambas Cámaras. Esta ley también alude a la selección entre personas con antecedentes técnicos y profesionales en la materia.

“El Poder Ejecutivo no sólo ignoró el procedimiento de selección desarrollado por la Secretaría de Energía, sino también la participación institucional que le compete al Congreso en el acto de designación de las autoridades del ente de control. Por eso, los nombramientos son ilegítimos y esto genera una afectación jurídica concreta en desmedro de los usuarios del servicio público que el Ente regula”, expresó Tarzia.

Asimismo, entre los requisitos que deben cumplimentar los postulantes a los cargos vacantes en el Directorio del ENARGAS, figuran los de poseer título Universitario Graduado en Ingeniería, Derecho o Ciencias Económicas; experiencia mínima de 5 años de trabajo en funciones ejecutivas, técnicas o académicas en el Sector de Energético; y el de haber realizado estudios y publicaciones relacionadas al Sector Energético.

Según el relevamiento de ACIJ, los directores designados son claramente inidóneos para el cargo por cuanto, conforme surge de los currículum vitae de los directores que se encuentran publicados en la página web del organismo (www.enargas.gov.ar) casi ninguno de ellos cuenta con un título universitario en ingeniería, derecho o ciencias económicas; con excepción del Vocal Primero, ninguno tiene una experiencia mínima de cinco años en el sector energético; y ninguno ha realizado estudios y publicaciones relacionadas a ese sector.

Por último, la demanda destaca la vulneración de los derechos de los usuarios, ya que “en la idoneidad técnica requerida para el ejercicio del cargo de director de un ente de control subyace directamente el cumplimiento adecuado de la función regulatoria y de fiscalización del servicio público de que se trate; y de un modo indirecto, el derecho de los usuarios a la calidad y eficiencia de los servicios públicos”. Es por ello, entre otros argumentos, que las organizaciones demandantes aseguran que están involucrados distintos intereses de incidencia colectiva como la resolución de controversias entre las empresas y los usuarios, la protección del medio ambiente, el resguardo de la seguridad pública, la accesibilidad universal y no discriminatoria al servicio público, la defensa de la competencia, y la regulación de tarifas justas y razonables.

Para mayor información, comunicarse con Verónica Tarzia, de ACIJ, al 4381-2371 o bien al 1561951177, o con Ariel Caplán, de Consumidores Libres, 4326-0628.