ACIJ / PROGRAMAS

5 mitos sobre la Ley de Salud Mental

A raíz del debate actual en torno a la Ley Nacional de Salud Mental (N° 26.657), desde ACIJ nos proponemos desmitificar algunas ideas erróneas que se difunden sobre el contenido y el alcance de esta norma, con el fin de promover una discusión seria, informada y honesta que evite confusiones sobre su contenido.

MITO 1 | “La ley prohíbe las internaciones”

Al contrario de lo que se está difundiendo desde algunos sectores, la norma permite dos tipos de internaciones: 

1- Las voluntarias, en las que la persona presta su consentimiento libre e informado.

2- Las involuntarias, en las que se prescinde del consentimiento ante una situación de riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros. De hecho, en los últimos nueve años, se registraron solo en la Ciudad Buenos Aires más de 30.000 internaciones involuntarias. (Fuente: Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental – link

Todas las internaciones, tanto las voluntarias como las involuntarias, deben realizarse en hospitales generales.

MITO 2 | “Si se implementa la ley, las personas que están internadas van a quedar en la calle”

La ley 26.657 no busca dejar a las personas sin asistencia, sino reemplazar el modelo manicomial, basado en el encierro, por uno que asegure una mejor atención de la salud, les permita vivir en la comunidad con las mismas oportunidades que las demás y responda a los compromisos internacionales asumidos en materia de derechos humanos. Por eso, obliga al Estado a crear una red de dispositivos que promuevan su inclusión social (servicios de atención domiciliaria y ambulatoria, hospitales de día, viviendas asistidas, centros de capacitación socio-laboral, etc.) y a garantizar que todos los centros de atención primaria y los hospitales generales públicos y privados cuenten con equipos interdisciplinarios para el tratamiento de la salud mental. 

Esta transformación requiere que el área de salud trabaje con otras áreas de gobierno, como vivienda, educación y trabajo.

MITO 3 | “La ley excluye a las y los psiquiatras” 

En ninguna de sus disposiciones la ley excluye a las y los psiquiatras de la atención de la salud mental ni cuestiona su accionar. Por el contrario, dispone que los tratamientos deben estar a cargo de un equipo interdisciplinario que incluya las áreas de la psiquiatría, la psicología, el trabajo social, la terapia ocupacional, entre otras.

La atención debe ser interdisciplinaria porque la salud mental es un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos.

MITO 4 | “El sistema de atención que establece la ley es inaplicable”

En diversas juridiscciones argentinas (como Río Negro y la provincia de Buenos Aires) y en otros países (como Italia, Chile y Brasil) existen experiencias exitosas de salud mental comunitaria, que muestran que el modelo de la ley no solo es posible, sino que también garantiza la salud y favorece la inclusión social de las personas. 

Los casos de fracaso a los que usualmente se alude para sostener este mito no fueron consecuencia de este tipo de leyes, sino de déficits en su implementación.

MITO 5 | “Las personas con problemas de salud mental son peligrosas y no deben estar afuera de los neuropsiquiátricos”

Los mitos instalados socialmente no sólo están vinculados a la ley, sino también a las personas con padecimiento mental que continúan siendo objeto de miradas estigmatizantes y degradantes y víctimas de falsos estereotipos relacionados con la peligrosidad y la violencia.

Estas ideas, todavía presentes en los medios de comunicación, en las y los trabajadores, decisores públicos y en la sociedad en general, legitiman el encierro y la exclusión social, y constituyen una barrera para la implementación del sistema de atención que propone la ley. 

_________

  • Si querés saber más sobre la Ley de Salud Mental, ingresá a nuestra web Argentina Sin Manicomios, una plataforma para visibilizar la situación actual de la salud mental en nuestro país y exigir el cumplimiento de la ley.
  • La Salud Mental en datos