ACIJ / PROGRAMAS

¿Qué hace a un caso abstracto?

Compartimos este documento donde analizamos una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario, en la que se declaró abstracto un caso promovido por ACIJ.

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ACIJ solicitó que se ordenara al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que incluyera a las villas en  los planes públicos de puesta en valor de los espacios verdes, ya que no hacerlo constituye una práctica discriminatoria. Mientras que distintos barrios de la Ciudad son beneficiarios constantes de estos programas, las villas quedan repetidamente excluidas.

La falta de espacios verdes en condiciones adecuadas es uno de los muchos problemas que afectan especialmente a los habitantes de las villas. Los espacios al aire libre que los vecinos utilizan de hecho para la recreación carecen de todo mantenimiento, y muchas veces su precariedad y falta de higiene pone en peligro la seguridad de las personas. Así, los niños y niñas –los principales afectados– se ven obligados a jugar en la basura y el barro.

La Cámara de Apelaciones, con el voto mayoritario de las juezas Díaz y Schafrik, consideró que el caso se había vuelto abstracto (es decir, que el agravio a los derechos había desaparecido). Para eso, tuvo en cuenta que el Gobierno había asistido a varias audiencias en las que había provisto diversa documentación, y que eso mostraba una clara voluntad de remediar el problema.

Sin embargo, en los hechos ningún plan concreto para paliar la discriminación fue presentado, ni mucho menos ejecutado.

El Tribunal Superior de Justicia, quien debe resolver ahora en el caso, tiene una excelente oportunidad para dar una solución efectiva a esta situación, que afecta derechos tan básicos como el derecho a un ambiente sano, a la salud y al juego y esparcimiento de niños y niñas.